DestacadasPolítica

Castigarán en Michoacán a charlatanes de la cirugía estética

El dictamen destaca que en la actualidad existe un vasto sector de la población que busca su mejoramiento físico, sufriendo malas manipulaciones de su cuerpo y en algunas ocasiones hasta malformaciones, como resultado de malas prácticas
El dictamen destaca que en la actualidad existe un vasto sector de la población que busca su mejoramiento físico, sufriendo malas manipulaciones de su cuerpo y en algunas ocasiones hasta malformaciones, como resultado de malas prácticas

El pleno del Congreso del Estado aprobó la iniciativa presentada por el coordinador del PVEM, Ernesto Núñez, para tipificar los actos de aquellas personas que atentan contra la integridad y salud de las personas, sin contar con la especialidad requerida para llevar a cabo prácticas de cirugía

Morelia, Michoacán, 29 de marzo de 2017.- El Congreso del Estado aprobó reformas al Código Penal, para sancionar a quienes sin contar con la especialidad requerida lleven a cabo prácticas de cirugía estética.

La iniciativa impulsada por el diputado Ernesto Núñez, y dictaminada por la Comisión de Justicia, de la cual forma parte; e integrada por los diputados Ángel Cedillo, Carlos Quintana, Nalleli Pedraza y Xóchitl Ruiz, señala que la reforma  tiene por objeto proteger la salud de la población, tipificando los actos de aquellas personas que atentan contra la integridad y salud de las personas, sin contar con la especialidad requerida para llevar a cabo prácticas de cirugía.

El dictamen destaca que en la actualidad existe un vasto sector de la población que busca su mejoramiento físico, sufriendo malas manipulaciones de su cuerpo y en algunas ocasiones hasta malformaciones, como resultado de las malas prácticas llevadas a cabo por las personas ya mencionadas; sin embargo en el Código Penal, no se encuentran tipificadas estas conductas.

En ese sentido, considerando que esta situación va en aumento y que es necesario proteger a todas aquellas personas que depositan su confianza en médicos sin especialidad, se reforma los artículos 283 y 286 del Código Penal, para ajustarse a lo previsto en la Ley del Ejercicio Profesional y en la Ley General de Salud, y endurecer las sanciones para quien ejerza públicamente una profesión sin tener título correspondiente.

Asimismo, se establecen sanciones para quien ofrezca o desempeñe públicamente sus servicios sin autorización, y a quienes ejerzan alguna rama de la medicina que requiera especialidad o certificación para su ejercicio.

También se sanciona a quien teniendo la calidad de médico realice una operación quirúrgica innecesaria, simule la práctica de una intervención quirúrgica y para quienes sin autorización del paciente o de quien legítimamente pueda otorgarla, salvo en casos de urgencia, realicen una operación quirúrgica que por su naturaleza ponga en peligro la vida del enfermo, cause la pérdida de un miembro o afecte la integridad de una función vital.

Asimismo, a quien realice una intervención quirúrgica que requiera de una especialidad y certificación sin contar con ella, de acuerdo a la Ley en la materia.

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba