Política

Erik Juárez plantea que las personas puedan decidir cambiar su nombre

La iniciativa del diputado integrante de la LXXIV Legislatura Local, Erik Juárez establece que podrá solicitarse por la persona interesada, si es mayor de edad; por los padres, el padre, la madre o quien ejerza la patria potestad del menor de 12 años de edad o del incapaz
La iniciativa del diputado integrante de la LXXIV Legislatura Local, Erik Juárez establece que podrá solicitarse por la persona interesada, si es mayor de edad; por los padres, el padre, la madre o quien ejerza la patria potestad del menor de 12 años de edad o del incapaz

El diputado local presentará una iniciativa en la siguiente sesión, en la que se plantea que se dé la libertad de decidir el cambiar de nombre a las personas que se ven afectadas en su autoestima

Morelia, Michoacán, 01 de abril de 2019.- Con la finalidad establecer en el Código Familiar para el Estado de Michoacán, que las personas puedan decidir la modificación de uno de los principales atributos de las personas físicas, que es el nombre, el diputado local Erik Juárez Blanquet presentará una iniciativa en la siguiente sesión, en la que se plantea que se dé la libertad de decidir el cambiar de nombre a las personas que se ven afectadas en su autoestima.

En la iniciativa de reforma, se establece que una persona podrá solicitar ante el juez de primera instancia, la modificación, cambio, ampliación o reducción del nombre propio registrado, por la afectación a su dignidad humana como consecuencia de la exposición al ridículo, o por uso invariable y constante de otro diverso en su vida social y jurídica, sin que se afecten los apellidos.

En ese contexto, la iniciativa del diputado integrante de la LXXIV Legislatura Local, Erik Juárez establece que podrá solicitarse por la persona interesada, si es mayor de edad; por los padres, el padre, la madre o quien ejerza la patria potestad del menor de 12 años de edad o del incapaz.

Asimismo, el diputado presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales en el Congreso del Estado, dijo que, se podrá recurrir a la misma la persona menor de 18 pero mayor de 12 años, con el consentimiento de sus padres u representante legal, o en su caso, de la persona o institución que lo tuviere a su cargo.

En caso de que la registrada o el registrado tengan dos o más nombres, solo surtirá efectos en el nombre expuesto al ridículo y de proceder la modificación o cambio del sustantivo propio se tendrá por entendido, para efectos legales, que se trata de la misma persona, lo que se hará constar en el documento que para tal efecto se expida.

No obstante, se aclara que el cambio de nombre de una persona, no libera ni exime de las obligaciones o responsabilidades contraídas con el nombre anterior. El diputado explicó “propongo que se les de la libertad de decidir el cambiar de nombre a las personas que se ven afectadas en su autoestima, expuestas al ridículo  por el nombre con el que se les registro”.

Erik Juárez recordó que el derecho a la identidad está consagrado en el artículo cuarto de nuestra Carta Magna, como un derecho universal, y la identidad incluye el nombre, el apellido, una nacionalidad, entre otras cosas y por ello deben ser nombres dignos, de los cuales se puedan sentir orgullosos los niños y las niñas.

“Por lo general, los nombres los eligen los padres por creencias religiosas, o lo toman de algún ídolo o persona que ellos admiran; también suelen nombrarlos por gente famosa del espectáculo, la vida pública o la historia, por el día que el nombre corresponda al calendario, porque para los padres tiene un significado especial; muchas veces los apellidos no hacen una buena combinación con los nombres. Ante la imaginación de miles de padres que ponen a sus hijos nombres difíciles de pronunciar o que hacen alusión a bromas, esto podría conllevar a un cambio importante en su autoestima y al libre desarrollo de su personalidad”.

Sin embargo muchas veces el nombre en lugar de causar orgullo, es todo lo contrario, ya que se han presentado casos en los que se expone al ridículo y a la burla ocasionando una carga emocional a lo largo de la vida de algunas personas, por lo que  es importante otorgar mecanismos jurídicos a las personas que deseen cambiar su nombre propio mediante una resolución judicial.

No obstante, reconoció que el cambio de nombre es una decisión importante en la vida, ya que significa cambiar todos los documentos vinculados a la persona, pero debe de ser una decisión de la persona que se ve afectada en su autoestima.

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