Política

Aprueba Comisión reformas a Ley Orgánica de División Territorial

Esto, con el propósito de optimizar la organización, así como la capacidad de los ayuntamientos para brindar un mejor servicio a la población

Morelia, Michoacán, 05 de diciembre de 2019.- Con el propósito de optimizar la organización, así como la capacidad de los ayuntamientos para brindar un mejor servicio a la población, la Comisión de Fortalecimiento Municipal del Congreso local aprobó reformas a la Ley Orgánica de División Territorial del Estado de Michoacán. 

En reunión de trabajo, los diputados Hugo Anaya, Humberto González y Sergio Báez, presidente e integrantes respectivamente, avalaron los dictámenes correspondientes a la creación de tres nuevas tenencias.

Lo anterior, una vez concluido el análisis de las iniciativas presentadas por los ayuntamientos de Cópandaro, Turicato y José Sixto Verduzco, respectivamente;  determinando así, que cumplen con los requisitos que indica el artículo 36 de la Constitución del Estado de Michoacán, así como con lo que estipula la Ley Orgánica Municipal.

En ese sentido, se reforma la reforma la Ley Orgánica de División Territorial, para que sea elevada a la categoría política de Tenencia Municipal la actual Encargatura de San Agustín del Maíz, conservando la denominación correspondiente, misma que se integrará además por las comunidades de Arúmbaro, que serán ahora Encargaturas del Orden.

De igual forma, de ser aprobado por el Pleno, en el municipio de Turicato será elevada a la categoría de Tenencia Municipal la Encargatura de San Agustín de Morelos; asimismo, en el municipio de Sixto Verduzco se contempla la creación de la Tenencia de San José Huipana.

A propuesta del diputado Humberto González, en las consideraciones, los dictámenes establecen también que las autoridades municipales deberán brindar las facilidades para el óptimo funcionamiento de las nuevas jefaturas de tenencia.

Igualmente, los legisladores acordaron fijar un plazo de 60 días para que los ayuntamientos convoquen a elecciones de las autoridades auxiliares de Jefaturas de Tenencia y Encargatura del orden, en su caso.

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