FAMSA, ¿fraude bancario? (Por: Jorge Álvarez Banderas)
¿Cuál fue la causa de que le retiraran la licencia para operar a FAMSA? ¿Quiénes eran los administradores, directivos o miembros del consejo de administración? ¿Serán investigados y sancionados? ¿Qué pasará con los activos de FAMSA? Muchas preguntas sin respuesta por ahora.
Morelia, Michoacán, 20 de julio de 2020.- El 30 de junio de 2020, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores comunicó al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) la declaración de revocación de la autorización para organizarse y operar como institución de banca múltiple que dicha Comisión emitió respecto de Banco Ahorro Famsa, S.A. Institución de Banca Múltiple, en liquidación (FAMSA); la declaración de revocación pone en estado de liquidación a la citada institución a partir del 1º de julio pasado, sin necesidad del acuerdo de la asamblea de accionistas de conformidad con el artículo 28, penúltimo párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC); en esa misma fecha la Junta de Gobierno del IPAB determinó el pago de obligaciones garantizadas.
De acuerdo con lo establecido por los artículos 6o. y 11 de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, se consideran obligaciones garantizadas, los depósitos, préstamos y créditos a que se refiere el artículo 46, fracciones I y II de la LIC, cuyo saldo será pagado por el propio Instituto cuando éste determine tal procedimiento, considerando el monto del principal y accesorios, hasta por la cantidad equivalente a 400 mil Unidades de Inversión (UDIS) por persona, física o moral, cualquiera que sea el número y clase de dichas obligaciones a su favor y a cargo de una misma institución de banca múltiple.
Los ahorradores o cuentahabientes de FAMSA cuentan a partir del 1º de julio pasado con 90 días para el pago de las obligaciones garantizadas por parte del IPAB de acuerdo al artículo 188, segundo párrafo de la LIC, una vez que ingresen una serie de datos al “portal de pagos IPAB”, distinguiéndose a los titulares garantizados de entre quienes tengan hasta nueve mil pesos, de los que excedan de esta cantidad, hasta por la cantidad equivalente a cuatrocientas mil UDIS.
El valor de las UDIS para determinar el monto de las obligaciones garantizadas por el IPAB, será el publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación y que se encuentra vigente al 1 de julio de 2020, fecha en la que FAMSA entró en estado de liquidación, siendo tal valor de $6.445166 pesos Moneda Nacional. Los interesados en presentar una solicitud de pago de obligaciones garantizadas, podrán acudir a las sucursales de FAMSA, que se encuentren abiertas, para efecto de recibir dichas solicitudes hasta el 1 de julio de 2021.
Las 400 mil UDIS equivalen a 2 millones 578 mil 66 pesos con 40 centavos, existen inversionistas que perderán sus ahorros diferenciales respecto de este monto ¿Cuál fue la causa de que le retiraran la licencia para operar a FAMSA? ¿Quiénes eran los administradores, directivos o miembros del consejo de administración? ¿Serán investigados y sancionados? ¿Qué pasará con los activos de FAMSA? Muchas preguntas sin respuesta por ahora, políticos vinculados con el Partido de la Revolución Democrática (PRD) han visto una oportunidad en la liquidación de FAMSA y literalmente se han “colgado” de esta situación, ofreciendo “asesoría” a los ahorradores defraudados. Hoy fue FAMSA ¿Y mañana?…