Política

Aprueba 76 Legislatura iniciativa ciudadana en materia de Entidades Paraestatales

⁠Propuesta presentada por el ciudadano Víctor René Marroquín Becerril

Morelia, Michoacán, 02 de julio de 2025.- Con el objetivo de homologar el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública con el artículo 2 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado, las y los legisladores reformaron esta última.

A propuesta del ciudadano Víctor René Marroquín Becerril, la Comisión de Gobernación, que preside el diputado Alejandro Iván Arévalo Vera e integran las diputadas y diputados Xóchitl Ruíz González, Grecia Aguilar Mercado y Brissa Arroyo Martínez, realizó tal adecuación a la normativa.

Haciendo valer el lema de la 76 Legislatura, que establece que cada voz importa y cada idea cuenta, las y los legisladores avalaron la reforma presentada por un ciudadano, quien sustentó en su exposición de motivos que la Ley en mención, publicada en el año 1992, presentaba una inconstancia en dicho artículo.

Durante el debate legislativo, la diputada Brissa Arroyo Martínez destacó la importancia de la participación ciudadana, “porque con ella se construye la democracia; es muy grato que las personas se involucren en temas de carácter parlamentario, nosotros somos la voz en el Congreso de los ciudadanos”, subrayó.

Precisó que en anteriores legislaturas no se aprobaban iniciativas ciudadanas, sino que se archivaban o desechaban; por ello, con dicha aprobación, “quedó plasmado que esta 76 Legislatura es diferente, escucha a los ciudadanos”, dijo. Por lo tanto, invitó a la ciudadanía a presentar iniciativas y a involucrarse en las actividades del Poder Legislativo.

Con la reforma, se plasmó en el artículo 2 de la Ley de Entidades Paraestatales, que son entidades paraestatales las que se mencionan en el artículo 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.

El artículo de la Ley Orgánica al que se hace referencia establece los tipos de entidades paraestatales, las cuales son: organismos públicos descentralizados, empresas de participación estatal mayoritaria, fideicomisos públicos y aquellos que se establezcan conforme a la ley de la materia.

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