Ricardo Anaya recuerda criterios de la SCJN sobre detención provisional con fines de extradición
El senador panista fundamenta la constitucionalidad del plazo de sesenta días para solicitudes internacionales
Ciudad de México, 11 de mayo de 2026.- El senador Ricardo Anaya Cortés, coordinador de la bancada del Partido Acción Nacional (PAN), se pronunció recientemente sobre el marco legal que rige las solicitudes de extradición en México, subrayando que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya ha validado la constitucionalidad de la detención provisional por un periodo de hasta sesenta días.
Durante su intervención ante la Comisión Permanente, el legislador aclaró que esta medida, aunque privativa de la libertad, posee una naturaleza administrativa y no requiere el desahogo de pruebas propio de un proceso penal ordinario mexicano para su ejecución inicial contra los sujetos solicitados por gobiernos extranjeros.
El fundamento legal
Anaya fundamentó su argumentación citando el artículo 11 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, así como precedentes judiciales del máximo tribunal del país. Según el senador, el criterio establecido por la SCJN (derivado del amparo en revisión 1303/2003) ratifica que la detención provisional es una medida cautelar internacional cuyo objetivo es evitar la evasión de la justicia mientras se formaliza la entrega del expediente de extradición.
El legislador explicó que, bajo este esquema, la intervención de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y de la Fiscalía General de la República (FGR) debe limitarse a verificar que la solicitud cumpla con los requisitos formales del tratado bilateral, sin que sea necesario que las autoridades mexicanas realicen una investigación previa o autónoma sobre los delitos imputados en el extranjero.
Contexto político
Estas precisiones legales se dieron en el marco de la exigencia del grupo parlamentario del PAN para que se proceda con la detención inmediata y eventual extradición del gobernador con licencia de Sinaloa, Rubén Rocha Moya. La oposición sostiene que existen señalamientos que vinculan al mandatario con grupos del crimen organizado, basándose en la cooperación judicial y de inteligencia internacional.
Por su parte, representantes del partido oficialista han apelado al principio de presunción de inocencia y han calificado las demandas de la oposición como una estrategia política.
La validez del plazo de 60 días naturales para mantener bajo custodia a una persona solicitada en extradición se mantiene como el estándar vigente en la Ley de Extradición Internacional, siempre que exista una solicitud formal de un gobierno extranjero que justifique la urgencia de la medida.




