Designa Congreso del Estado un ayuntamiento provisional en Sahuayo
Luego de que el TEPJF ratificara la nulidad de la elección en ese municipio, se designó y tomó protesta a Marco Vinicio Ávila Sánchez como presidente municipal provisional; también se designó a síndico y regidores provisionales en tanto se realizan los comicios extraordinarios
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Morelia, Michoacán, 01 de septiembre de 2015.- El pleno de la LXXII Legislatura del Congreso del Estado, designó a Marco Vinicio Ávila Sánchez como presidente municipal provisional del Ayuntamiento de Sahuayo, Michoacán.
Lo anterior, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ratificara la sentencia de nulidad de la elección realizada en dicho municipio, emitida por la Sala Regional con sede en Toluca, ordenando realizar elecciones extraordinarias.
De esta forma, ante el Pleno del Congreso local, Marco Vinicio Ávila Sánchez, protestó guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la particular del Estado y las leyes que de ambas emanen, y desempeñar leal y patrióticamente el cargo de presidente municipal provisional.
De igual forma tomaron protesta como integrantes del Ayuntamiento provisional:
Jesús Santiago Amezcua Guerrero, Síndico Propietario
Luis Felipe Villaseñor Magallon, Primer Regidor Propietario
Manuel Ramírez Sánchez, Segundo Regidor Propietario
Edith Pérez Ávila, Tercer Regidor Propietario
Florencia Sánchez Muñiz, Cuarto Regidor Propietario
Susana Ávila Hernández, Quinto Regidor Propietario
José María Padilla Zepeda, Sexto Regidor Propietario
Manuel Salvador Sánchez Ayala, Séptimo Regidor Propietario
Elizabeth Cárdenas Frutos, Octavo Regidor Propietario
Ignacio Sánchez Alfaro, Noveno Regidor Propietario
María Isabel Toro Guevara, Décimo Regidor Propietario
Cabe señalar que el Ayuntamiento provisional designado durará en su cargo hasta que el Ayuntamiento electo de Sahuayo, Michoacán, tome posesión de su cargo, una vez realizados los comicios extraordinarios ordenados por el TEPJF.