Sin razón aparente, vetan investigación sobre Odebrecht en Michoacán
La Comisión Ejecutiva emitió un posicionamiento para denunciar que no ha recibido notificación oficial de la razón por la cual el resto de los integrantes del Comité Coordinador del SEA decidieron retirar ese punto en particular de la orden del día
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Morelia, Michoacán, 28 de noviembre de 2018.- Sin razón aparente, miembros del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción (SEA) vetaron la investigación sobre las versiones de supuestos sobornos de la polémica empresa brasileña Odebrecht en Michoacán.
Al respecto, la Comisión Ejecutiva emitió un posicionamiento para denunciar que no ha recibido notificación oficial de la razón por la cual el resto de los integrantes del Comité Coordinador del SEA decidieron retirar ese punto en particular de la orden del día.
A continuación, ATIEMPO.MX (www.atiempo.mx), su portal de noticias y denuncias por internet, reproduce de manera íntegra el citado documento:
POSICIONAMIENTO
A LA SOCIEDAD DE MICHOACÁN:
El pasado 20 de noviembre de 2018, en Sesión Ordinaria del Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción, los funcionarios presentes decidieron retirar de la orden del día el análisis y, en su caso, aprobación de la propuesta de recomendación que emitió la Comisión Ejecutiva conformada por cuatro de los cinco ciudadanos que integran el Sistema Estatal Anticorrupción y el Secretario Técnico.
El documento en mención fue notificado con fecha del 2 de noviembre al Secretario Técnico para que lo circulara a los integrantes del máximo órgano de dirección del Sistema y al Presidente para su conocimiento y proponía que el Comité Coordinador del Sistema Estatal Anticorrupción instruyera al Fiscal Especial en Materia de Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción, Alejandro Carrillo Ochoa, que solicitara el apoyo de las instancias federales a fin de hacerse llegar, desde el Principado de Andorra, de los documentos que comprobaban el presunto soborno de la empresa Oderbrecht al ex funcionario michoacano encargado de la construcción de la Presa J. Múgica.
Sin embargo, a una semana de ocurrida la Sesión Ordinaria donde el único que votó a favor de analizar la propuesta fue del Presidente, Rafael Villaseñor Villaseñor; la Comisión Ejecutiva no ha recibido notificación oficial de la razón por la cual el resto de los integrantes del Comité Coordinador presentes decidieron retirar ese punto en particular de la orden del día.
Quienes integramos la Comisión Ejecutiva desconocemos también si la propuesta emitida por los representantes ciudadanos dentro del Sistema Estatal Anticorrupción será considerada por el Comité Coordinador en un futuro próximo.
En ese sentido, sólo conocemos un pronunciamiento emitido por el propio Fiscal Especial en Materia de Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción, Alejandro Carrillo Ochoa, al portal de noticias 90 Grados en el que señala “que ni la Secretaría de la Contraloría (Secoem) o la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) han dado vista sobre procedimientos o denuncias respecto al tema (…)” y que “tendrá que haber el trabajo técnico respectivo para que se nos de vista como fiscalía. Al día de hoy estamos muy pendientes de si nos dan vista de ello, actuar en consecuencia (…)” La nota también consigna que “el funcionario de la Procuraduría General de Justicia del Estado aclaró que en algunas ocasiones la Secretaría de la Contraloría u otra dependencia da vista a la fiscalía para integrar carpetas de investigación correspondiente “en el caso concreto estamos pendientes de recibir alguna información o vista que se nos dé”.
Si esta información es cierta, lamentamos profundamente que el funcionario olvide que el espíritu principal de la creación del Sistema Anticorrupción es la incorporación de los ciudadanos a las tareas de prevención, control y combate del fenómeno que tanto nos lastima a todos los mexicanos.
La ley del Sistema Estatal Anticorrupción es clara en ese sentido. El artículo 21, fracción XV señala que los ciudadanos que forman parte del Comité de Participación Ciudadana, a través de su participación en la Comisión Ejecutiva, tienen la atribución de emitir recomendaciones no vinculantes.
En segunda instancia, el Presidente del Comité Coordinador (también Presidente del Comité de Participación Ciudadana) tiene la atribución de presentar las recomendaciones al máximo órgano de dirección del Sistema como lo señala el artículo 12, fracción IX de la ley en comento; y, finalmente, el Comité Coordinador tiene la facultad de emitir las recomendaciones en términos de la ley, según el artículo 8, fracción IX.
Por ello, es de extrañar que la propuesta presentada tanto por la Comisión Ejecutiva como por el Presidente del Comité no haya sido siquiera analizada y que tampoco se haya notificado, oficialmente, a la Comisión Ejecutiva, las razones para ello.
Solicitamos que se informe puntualmente a la Comisión Ejecutiva las razones por las cuales no se consideró analizar la propuesta en la pasada Sesión Ordinaria del Comité y que se dé a conocer el procedimiento que seguirá la recomendación, dado que, por evidentes razones, tampoco fue desechada.
Morelia, Michoacán a 28 de noviembre de 2018
Atentamente
Mtro. Juan José Tena García | Mtra. Elvia Higuera Pérez | |
Presidente de la Comisión Ejecutiva | Comisionada | |
Mtra. Elizabeth Vázquez Bernal | Mtra. Rosmi B. Bonilla Ureña | |
Comisionada | Comisionada |