El Derecho a la Ciudad: ¿Administración o Planeación? (1ra parte)
Cualquiera de nosotros al caminar por la ciudad ha observado una serie de contradicciones que hacen pensar inequívocamente que algo anda mal en los diferentes niveles de la estructura de gobierno
Morelia, Michoacán, 06 de febrero de 2024.- ¿Le ha tocado ver que recién acaban de pavimentar una calle, abren una zanja para introducir o cambiar una tubería? ¿A pocos días de inaugurada una vialidad se comienza a modificar el camellón para permitir vueltas a la izquierda porque se les “olvidó” el acceso al centro comercial o gasolinera? Cualquiera de nosotros al caminar por la ciudad ha observado una serie de contradicciones que hacen pensar inequívocamente que algo anda mal en los diferentes niveles de la estructura de gobierno, particularmente en aquellas dependencias cuyos funcionarios tienen el “poder de decidir” la realización de obras de infraestructura o equipamientos.
Este tipo de contradicciones se presentan en todos los niveles, por ejemplo, el impulso que ha tenido el puerto de Lázaro Cárdenas y que ha consolidado el comercio internacional a través del ferrocarril, mientras que en el ámbito local se padecen problemas de tráfico que se le atribuyen erróneamente al ferrocarril. Una clínica o escuela que se construye, pero no se contrata al personal que se requiere. Otro caso, muy actual, es el Tren Maya, con objetivos turísticos y de desarrollo muy claros, pero contradicciones en materia de conservación natural, preservación del patrimonio arqueológico, por mencionar solo algunas.
Seguramente, amable lector, a la par de leer los ejemplos anteriores le vienen a la mente muchos casos más. Quiero llamar la atención sobre un aspecto que resulta relevante y común a todos los casos. Más allá de las particularidades de cada caso logro identificar una total ausencia de la perspectiva del territorio ante una excesiva visión meramente administrativa de recursos económicos.
Atribuyo como posible origen de esta ausencia, el hecho de que, si bien nuestra Constitución Política en su artículo 49 señala que “el Supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que no podrán reunirse dos o más de estos poderes en un solo individuo…”, también es cierto que al Ejecutivo se le otorgan dos funciones: una de naturaleza política, que refiere a su relación con los otros dos Poderes y los diferentes órdenes de gobierno para el impulso y orientación que dé a la actividad del Estado; la segunda función es de carácter administrativo, para ocuparse de la ejecución y aplicación de las normas jurídicas, además de los actos materiales que tienen por finalidad un servicio público y sus relaciones con los particulares.
Con base en esta última encomienda, el Ejecutivo es el jefe de la estructura administrativa pública federal; es decir, de todos los funcionarios de gobierno. Dicha estructura se divide en dos ámbitos: centralizada y paraestatal. La administración centralizada se integra por la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, los Departamentos Administrativos que se requieran para el despacho de los asuntos de orden administrativo. A pesar de que esta estructura se ha modificado a través del tiempo, con la creación de nuevas Secretarías, su transformación en nombres y facultades resulta insuficiente.
La estructura creada en paralelo se denomina paraestatal, y hace posible la atención de aquellos temas que se considera prioritarios para el desarrollo de país o de proyectos específicos considerados de gran impacto, o aquellos que serán el “sello de la administración”.
Los organismos creados bajo el enfoque señalado han sido innumerables; baste sólo recordar el origen de la Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México, Almacenes Nacionales de Depósito, Altos Hornos de México, Aseguradora Mexicana, Banco de México, Banco del Pequeño Comercio del Distrito Federal, Banco Nacional Cinematográfico, Banco Nacional del Ejército y la Armada, Banco de Comercio Exterior, Banco Nacional de Crédito Agrícola y Ganadero, Banco Nacional de Crédito Ejidal, Banco Nacional de Fomento Cooperativo, Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, Dirección General de Pensiones Civiles de Retiro, Instituto Mexicano del Seguro Social, Lotería Nacional para la Asistencia Pública, Consejo Nacional de Humanidades, Ciencia y Tecnología y recientemente el INAFED, INM, CONAPO, COMAR, CONAVIM, IME, CNI, PROSPERA, INDESOL, Becas Benito Juárez, INAES, PROFEPA, CONAGUA, IMTA, CONAFOR, SEGALMEX, entre muchos, muchos organismos más.
Pese a ambas estructuras administrativas (centralizada y paraestatal) a todos nos es posible comprender que cambiar el rumbo de un país, resulta sumamente complejo por las inercias existentes, que son muchas y muy poderosas. Sería algo así como pretender cambiar de rumbo un enorme trasatlántico, especie el Titanic, con la desventaja de que apenas se comienza a percibir el cambio de rumbo y llegó a su término el sexenio.
La preocupación por conducir el rumbo del país llevó desde 1930 a la expedición de la primera Ley de Planeación General de la República, y para su aplicación fue necesaria en 1936, la creación, de la Comisión Nacional de Planeación, fuertemente influenciada por los planes quinquenales del gobierno soviético, que llevó a elaborar el primer plan sexenal, aunque no logró instrumentar. Posteriormente, en 1939 se elaboró el segundo plan sexenal, que tampoco se ejecutó debido a la Segunda Guerra Mundial.
A partir de 1958, con la creación de la Secretaría de la Presidencia, la planeación y elaboración de planes nacionales, regionales y sectoriales se convirtió en una actividad permanente con el objetivo de impulsar el desarrollo económico del país. El parteaguas puede ubicarse como resultado de la participación de México en cumbres internacionales, tal fue el caso de la Organización de Estados Americanos y después de la gran “alianza para el progreso”, conocida como la Carta de Punta del Este (1961), se elaboró en México (1963) una iniciativa de Ley Federal de Planeación que permitió la conformación de una estructura que hiciera posible la planeación, ya no sólo desde el ámbito federal, sino como facultad y responsabilidad de cada entidad federativa.
Fue hasta 1971 que se integran los Comités Promotores de Desarrollo Socioeconómico en los Estados (COPRODES), y que diez años más tarde se transformarían en Comités Estatales de Planeación para el Desarrollo (COPLADES)… Continuará la próxima semana.