DestacadasPolítica

Partidos políticos no pueden promover la revocación de mandato: INE

Será la Sala Regional Especializada del TEPJF la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.

Ciudad de México, 08 de febrero de 2022.- El Instituto Nacional Electoral (INE) reiteró que ningún partido político puede promover la participación ciudadana en la consulta de revocación de mandato porque es facultad exclusiva de ese órgano autónomo.

El órgano electoral indicó que si bien en la Ley Federal de Revocación de Mandato se establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, “la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral”.

Informó que a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, podría conocer sobre cualquier irregularidad en ese sentido, para dictar, en su caso, las medidas cautelares correspondientes.

Aclaró que será la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) la instancia que resuelva el fondo de las quejas que se llegaran a presentar y determine las sanciones correspondientes.

El INE manifestó que la prohibición de difundir propaganda gubernamental inició el 4 de febrero y concluirá el 10 de abril, fecha en que se celebrará el ejercicio de participación ciudadana.

El órgano autónomo puntualizó que durante el tiempo que comprende el proceso, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

“Esta prohibición ordenada por el Poder Legislativo en la normativa de la Revocación de Mandato es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial)”, destacó al señalar que así lo marca el artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021.

De igual manera, el INE subrayó que la misma norma establece que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato. (CON INFORMACIÓN DE: PROCESO).

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba