Editoriales

Designaciones que importan: más allá de un fiscal carnal

El autor, Jorge Luis Hernández Altamirano, es Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM y Maestro en Ciencia Política por El Colegio de México
El autor, Jorge Luis Hernández Altamirano, es Licenciado en Ciencias Políticas y Administración Pública por la UNAM y Maestro en Ciencia Política por El Colegio de México

A diferencia del orden nacional, en Michoacán la presencia de un Congreso del Estado dividido puede hacer que se nombre a un nuevo fiscal capaz y con un proyecto serio para asegurar que la justicia se convierta en realidad y combatir la impunidad

Morelia, Michoacán, 21 de enero de 2019.- Escribo estas líneas en medio de dos procesos por los que se va a designar a los Fiscales Generales de la República y del estado de Michoacán, un proceso largamente esperado y recién destrabado luego de sendos acuerdos políticos para asegurar las extinciones de las Procuradurías y la entrega de la función de procuración de justicia a Fiscalías autónomas e independientes que, se presume, cumplirán mejor con sus tareas.

Se trata de uno de los pasos más claros en la consolidación de las Fiscalías como entes autónomos, una larga petición sostenida por decenas de organizaciones civiles y estudiosos de la materia que se han manifestado en colectivos como #FiscalíaQueSirva para exigir, a nivel nacional, la modificación constitucional del artículo 102 de modo que la reforma no quede sólo en un cambio de nombre y en la ampliación del periodo de empleo para el Fiscal General sino en una nueva forma de entender la procuración de justicia, las tareas del ministerio público y la meta de acabar con la impunidad.

La evidencia, en la que se sostenían estas peticiones, descansa en las experiencias que el país ya ha experimentado con la autonomización de diversas funciones anteriormente atribuidas al aparato gubernamental: transparencia y acceso a la información, organización electoral, organismos reguladores, etcétera.

La autonomía no es sólo un asunto de nombre o de “no relación subordinada con otros agentes”, implica, al menos, la capacidad de decidir internamente sobre su estructura y destino presupuestal y, externamente, la garantía de no intervención y la independencia de sus funcionarios. Esa independencia suele estar garantizada por al menos: 1) proceso de designación en el que participe más de un órgano del Estado; 2) requisitos técnicos formales para ocupar las posiciones; 3) periodo de designación mayor al tiempo que duran los poderes electos; 4) protección de condiciones laborales como salarios; 5) prohibición de su destitución, con excepción a casos graves señalados expresamente por ley.

El diseño institucional importa porque en este se establecen los límites y los alcances de dichos organismos; pero tampoco se puede obviar que, dentro del proceso de designación influyen los partidos políticos a quienes se les ha acusado de fomentar un sistema de cuotas en el que los diversos emblemas se turnan los nombramientos para escoger perfiles afines a sus pensamientos.

A pesar de lo terriblemente mal que esto puede sonar, lo cierto es que el trámite de las designaciones a través de los partidos políticos es un fenómeno natural de la democracia en la que vivimos, pues los institutos políticos han sido votados por los ciudadanos y representan a éstos en una decisión tomada como asamblea soberana.

Aún más, pareciera que un debate real entre alternativas pudiera ser benéfico para la sociedad pues: 1) favorece el escrutinio de los candidatos presentados; 2) orilla a los candidatos más destacados a presentar proyectos más acabados o a desvelar con mayor claridad sus ideologías; 3) llama la atención de la opinión pública; 4) permite designar a personas mucho más templadas que, al no identificarse plenamente con una de las partes en disputa, idealmente serán más independientes al sentir que no le deben su nombramiento a un grupo parlamentario en específico.

Lamentablemente, estos esquemas de negociación han terminado por hacerse mecánicos hasta el punto en el que las capacidades de la persona designada son sólo un mero accesorio de la transacción de nombramientos. Los casos más recientes de designaciones a nivel federal, el de ministro González Alcántara y el Fiscal Gertz Manero, confirmaron al que gozaba de la preferencia presidencial y del grupo parlamentario mayoritario, el resto del proceso fue inútil para la sociedad.

A diferencia del orden nacional, en Michoacán la presencia de un Congreso del Estado dividido puede hacer que se nombre a un nuevo fiscal capaz y con un proyecto serio para asegurar que la justicia se convierta en realidad y combatir la impunidad. Ojalá que el baile de cuotas no termine, igualmente, en la designación de un fiscal carnal.

Al tiempo.

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