La cristalización de la reforma electoral / Silvano Aureoles
La regulación de las candidaturas independientes y el voto de los mexicanos en el exterior, derechos, obligaciones y prerrogativas de los partidos políticos, así como la obligación de transparentar su actuación y, un nuevo catálogo de conductas tipificadas en una ley especial como delitos electorales
México, D.F., 14 de mayo de 2014.- Al momento de escribir la presente colaboración, se encuentra en curso el primer periodo extraordinario de sesiones de ambas cámaras de Congreso de la Unión, correspondiente al segundo receso, del segundo año legislativo. No es cosa menor, si consideramos que esta legislatura, se ha caracterizado por abordar reformas de fondo, que se traducen en modificaciones relevantes a la estructura del Estado y a la forma en que la sociedad se relaciona con éste.
La materia que nos convoca a este extraordinario, es el desahogo de los pendientes de las leyes secundarias derivadas de la reforma electoral, respecto de la cual, contra los tiempos se han logrado importantes avances, gracias al trabajo coordinado de los grupos parlamentarios en el Senado de la República y en la Cámara de Diputados, que en reuniones previas al trabajo en comisiones, permite llevar al pleno una discusión más decantada, de modo que, el proceso de deliberación y aprobación no parte de cero.
Tres son los instrumentos que resultarán del trabajo legislativo: La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, Ley General de Partidos Políticos y la Ley General de Delitos Electorales. En cada uno de estos cuerpos normativos se desarrollan las bases constitucionales de la reforma política y electoral que fuera publicada apenas el 10 de febrero del presente año, por virtud de la que, el acuerdo de las principales fuerzas políticas del país propicia el perfeccionamiento de nuestro sistema electoral, producto de la experiencia, a veces no muy grata, de los procesos electorales inmediatos anteriores.
No es una tarea sencilla, si tomamos en cuenta que la competencia política coloca a los partidos y a los actores políticos en posiciones encontradas, frecuentemente en la línea de los agravios. Pero por encima de esas circunstancias está el compromiso con la sociedad, que merece y reclama reglas claras que le brinden certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad, en las condiciones de acceso al poder, tan necesarias para el fortalecimiento de nuestro modelo liberal y democrático.
Congruente con lo anterior estamos transformando, para bien del país, las instituciones fundamentales de nuestra democracia electoral, a través de las leyes que conforme a nuestra Constitución, establecen un sistema nacional electoral que arranca de las manos de los poderes regionales, las intenciones de tergiversar la autenticidad de la expresión de la voluntad popular, implícita en el sufragio. Pero que a la vez, mantiene para la preservación de los regímenes interiores de los Estados de la Federación, el conjunto de órganos y atribuciones que atiendan la organización de sus procesos.
Por tanto, es importante destacar que estas leyes forman parte de un ciclo normativo, que se ha de cerrar con las adecuaciones que al respecto hagan el Instituto Nacional Electoral a nivel de sus reglamentos y los Congresos de los Estados a las constituciones locales y a sus leyes secundarias, que por cierto deberán trazar su propio horizonte de miedo, ante la cercanía del inicio formal de los procesos que se desarrollarán el año entrante en 17 Estados de nuestra República.
He ahí la importancia del trabajo legislativo en este periodo extraordinario de sesiones del Congreso de la Unión: Un nuevo diseño del organismo responsable y garante de los procesos electorales, la definición de los organismos públicos locales electorales y de los órganos jurisdiccionales locales, las pautas que norman la relación y distribución de competencias entre éstos con la federación, un nuevo modelo de comunicación y fiscalización en la materia, la regulación de las candidaturas independientes y el voto de los mexicanos en el exterior, derechos, obligaciones y prerrogativas de los partidos políticos, así como la obligación de transparentar su actuación y, un nuevo catálogo de conductas tipificadas en una ley especial como delitos electorales, son aspectos que entre otros, se desarrollan en los referidos instrumentos legales, que como todos en su tipo, contienen supuestos normativos, cuya efectividad solo podrá confirmar la experiencia. La intención de nuestra parte, no es otra más que fortalecer la democracia mexicana.