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Reflexiones / Reforma Política mexicana

Nuestro colaborador de ATIEMPO.MX, Christián Gutiérrez, politólogo y comunicador con más de 10 años de trayectoria en diversos medios de comunicación
Nuestro colaborador de ATIEMPO.MX, Christián Gutiérrez, politólogo y comunicador con más de 10 años de trayectoria en diversos medios de comunicación

Cuando a la gente se le pide asociar con algo las palabras política o políticos, con frecuencia dicen corruptos, bandidos o mentirosos. Sin embargo, esto no debe ser verdad. Hablar de políticos y de política debe ser encontrar medidas de solución para vivir mejor en sociedad.

Morelia, Michoacán, 04 de abril de 2014.- Para muchos hablar de política no tiene sentido, es aburrido y una pérdida de tiempo. Las personas no encuentran una relevancia práctica de la política en sus vidas y por lo tanto, no le dan ningún valor a todo lo que tiene que ver con esta actividad del ser humano.

Cuando a la gente se le pide asociar con algo las palabras política o políticos, con frecuencia dicen corruptos, bandidos o mentirosos. Sin embargo, esto no debe ser verdad. Hablar de políticos y de política debe ser encontrar medidas de solución para vivir mejor en sociedad, y para lograrlo, es necesario conocer de política y evitar prejuicios.

En México, nació el pasado diez de febrero una Reforma Política. Ahora habrá reelección de diputados, senadores, alcaldes, síndicos y regidores. Desaparece el Instituto Federal Electoral y nace Instituto Nacional Electoral. Se elimina el voto nulo y existirá una Ley de partidos políticos que los regulará. Esto, entre otras cosas, formará parte del nuevo Sistema Político mexicano y vale la pena conocer sus detalles:

¿En qué casos podría perder su registro un partido político? La Constitución Política federal establece que: “Los partidos políticos nacionales tendrán derecho a participar en las elecciones de las entidades federativas y municipales. El partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.

¿Los candidatos independientes a qué tendrán derecho? La Carta Magna señala que: “Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social. Los candidatos independientes tendrán derecho de acceso a prerrogativas para las campañas electorales en los términos que establezca la ley”.

¿Quién organizará los procesos electorales locales? La Constitución indica lo siguiente: “El Instituto Nacional Electoral asumirá mediante convenio con las autoridades competentes de las entidades federativas que así lo soliciten, la organización de procesos electorales locales, en los términos que disponga la legislación aplicable”.

“En los supuestos que establezca la ley y con la aprobación de una mayoría de cuando menos ocho votos del Consejo General, el Instituto Nacional Electoral podrá: a) Asumir directamente la realización de las actividades propias de la función electoral que corresponden a los órganos electorales locales; b) Delegar en dichos órganos electorales las atribuciones a que se refiere el inciso a) del Apartado B de esta Base, sin perjuicio de reasumir su ejercicio directo en cualquier momento […]”.

¿El Instituto Nacional Electoral podrá intervenir en la vida interna de los partidos políticos? El marco constitucional señala que: “A petición de los partidos políticos y con cargo a sus prerrogativas, en los términos que establezca la ley, podrá organizar las elecciones de sus dirigentes”.

¿Durante cuánto tiempo podrán ser reelectos los gobernantes de México? La Constitución Política nacional establece que: “Los Senadores podrán ser electos hasta por dos periodos consecutivos y los Diputados al Congreso de la Unión hasta por cuatro periodos consecutivos”. “Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años”. “Las Constituciones estatales deberán establecer la elección consecutiva de los diputados a las legislaturas de los Estados, hasta por cuatro periodos consecutivos”. En todos los casos, “la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.

Estos son solo algunos aspectos de la reforma constitucional en materia política. Bien vale la pena conocer el nuevo sistema político mexicano.

Blog: http://christiangutierrezalonso.wordpress.com/

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