Ayuntamiento de La Piedad viola derechos de personas con discapacidad: CEDH
Por primera vez la CEDH se pronuncia en una recomendación por la necesidad de adecuar espacios públicos que cuenten con los requerimientos de infraestructura necesarios para la movilidad de las personas con discapacidad; y para cumplir con los ordenamientos de la Ley.
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Morelia, Michoacán, 27 de marzo de 2019.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) emitió una recomendación al Ayuntamiento de La Piedad por violación al derecho a la legalidad, trato digno y seguridad jurídica en perjuicio de personas con discapacidad.
Por primera vez esta CEDH se pronuncia en una recomendación por la necesidad de adecuar espacios públicos que cuenten con los requerimientos de infraestructura necesarios para la movilidad de las personas con discapacidad; y para cumplir con los ordenamientos de la Ley.
Una persona con discapacidad visual presentó queja en la Visitaduría Regional de Zamora, por hechos que consideró violatorios a sus derechos humanos. Como alumno del grupo de Braille del DIF de La Piedad, expuso que no se les facilitó el material para el aprendizaje, por el contrario se les obliga a comprar materiales para una clase de manualidades, que se especificó sería de manera libre y gratuita.
Aunado a lo anterior indicó que no cuentan con un espacio adecuado para tomar las clases, toda vez que para ingresar a las mismas hay una rampa que ya les ha ocasionado accidentes, por lo que solicitaron el cambio de lugar, pero la autoridad municipal no atendió su petición
Derivado de esta queja este organismo solicitó a la Coordinación Estatal de Protección Civil una revisión a la rampa que se ubica al interior de la presidencia municipal, encontrando que a pesar de que cumple con la normatividad en cuanto al ancho, altura del pasamanos y superficie antiderrapante; las pendientes y la falta de descanso no cumple con las características establecidas para el uso de personas con discapacidad, de acuerdo a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-2008, NOM-001-SSA2-1993 y NOM-223-SSA2-2003, la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán y el Reglamento de Construcción para el Municipio de La Piedad.
Esta Comisión considera la necesidad de realizar una serie de ajustes al salón de clases, a la ubicación en donde el medio de acceso es la rampa, a fin de que se facilite la inclusión, integración, convivencia y participación de las personas con discapacidad; así como la igualdad de oportunidades; a fin de eliminar las barreras que les impiden su participación en el entorno social y su pleno desarrollo.
Por estos hechos se emitió la recomendación 006/2018 en donde se solicita al Ayuntamiento de La Piedad se proporcione a las personas del grupo Manos que Ven un salón adecuado para el desarrollo de sus actividades, sin ningún elementos de distracción, dada su condición de discapacidad, así como los materiales necesarios.
Este organismo pidió se realicen modificaciones a la escalera en rampa localizada al interior del DIF municipal, atendiendo los requerimientos previstos en la Ley para la Inclusión de Personas con Discapacidad en el Estado de Michoacán y a las normas oficiales mexicanas.
La recomendación fue aceptada por la autoridad municipal, pero no la cumplió.