Cofom hace valer la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable de Michoacán
La dependencia estatal sólo emprende atribuciones que son de su competencia, puntualiza su director general, Roberto Pérez Medrano
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Morelia, Michoacán, 22 de mayo de 2017.- Las acciones que realiza la Comisión Forestal del Estado (Cofom) para la inspección y vigilancia, así como el combate al cambio ilegal de uso del suelo, son las que la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Michoacán le otorga, no las establecidas en la Ley General que le corresponden su ejercicio a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), puntualizó el director general de la dependencia estatal, Roberto Pérez Medrano.
En relación a las declaraciones de la Profepa, quien señala que la Cofom realiza acciones de competencia federal, el funcionario estatal dejó en claro que desde hace 13 años, la norma que la dependencia ejerce es la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable del Estado de Michoacán, que fue publicada el 22 de noviembre de 2004.
Pérez Medrano recordó además que el pasado 8 de mayo el Consejo Forestal del Estado de Michoacán, en Sesión Extraordinaria, aprobó el Acuerdo 001-MAY-17/CEFM/SE, en el que se respaldan las acciones emprendidas por la Mesa de Seguridad Ambiental en materia de combate del cambio ilegal de uso de suelo en terrenos forestales, y que textualmente “reconoce la legalidad de dichas acciones y por lo tanto las reconoce como legítimas”.
En dicha sesión, aseveró, estuvo presente la delegación de la Profepa, como invitado especial, con derecho a voz, quien -como consta en el acta- no objetó ningún tipo de impedimento legal para llevar a cabo las acciones antes citadas por la defensa del patrimonio natural.
Es importante mencionar que en términos del Artículo 21 de la Constitución General de la República, los delitos ambientales son investigados por el Ministerio Público, por lo que conforme a sus facultades, al detectar el delito de cambio ilegal de uso de suelo, la Cofom de inmediato procede a remover la planta inducida y presentar denuncia penal ante la Procuraduría General de Justicia del Estado.
La atribución a la Cofom de remover la planta inducida para atender los ilegales cambios de uso del suelo fue el resultado de la reforma a la Ley Estatal, publicada el 23 de agosto de 2016.