DestacadasEstado

Incumplen tres ayuntamientos recomendaciones de la CEDH

En los tres casos las recomendaciones fueron aceptadas por las autoridades municipales pero ninguna se cumplió, por lo que este organismo hace público el desacato
En los tres casos las recomendaciones fueron aceptadas por las autoridades municipales pero ninguna se cumplió, por lo que este organismo hace público el desacato

Los ayuntamientos de Tacámbaro, Álvaro Obregón y Tarímbaro incumplieron recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos al acreditar violaciones a los derechos fundamentales de los agraviados

Morelia, Michoacán, 21 de febrero de 2018.- Los ayuntamientos de Tacámbaro, Álvaro Obregón y Tarímbaro incumplieron recomendaciones emitidas por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) al acreditar violaciones a los derechos fundamentales de los agraviados.

Al Ayuntamiento de Tacámbaro se le remitió la recomendación 01/2016 por prestación indebida del servicio público por dilación injustificada en los procedimientos administrativos, luego de que se presentara queja en la Visitaduría Regional de Uruapan, al incumplir a la agraviada con un programa de pies de casa que puso en marcha a través del Instituto de la Vivienda municipal. La afectada refirió que su menor hija se enfermó por la humedad que había en la vivienda que les prestó el mismo Instituto, en tanto se solucionaba su asunto.

Por estos hechos se recomendó al Ayuntamiento de Tacámbaro iniciar procedimiento administrativo de responsabilidad a los servidores públicos involucrados en el asunto motivo de la queja; instruir al Instituto de la Vivienda a cumplir con los acuerdos establecidos con los agraviados; así como realizar la reparación del daño a través de  una indemnización y cubrir los gastos generados por la atención médica de la menor.

En otro caso la CEDH emitió la recomendación 15/2016 al Ayuntamiento de Álvaro Obregón por queja presentada en la Visitaduría Regional de Morelia por un caso de detención ilegal, empleo arbitrario de la fuerza pública y penas o tratos inhumanos o degradantes en perjuicio de una persona del sexo masculino a quien detuvieron al irrumpir en su vivienda, sin conocer el motivo.

Al respecto esta Comisión recomendó al Ayuntamiento de ese municipio dar vista a la PGJE para iniciar carpeta de investigación, así como procedimiento administrativo en contra de los servidores públicos que participaron en los hechos motivo de la queja; además de realizar el pago por indemnización a favor del agraviado y su familia, cubrir los gastos médicos y brindar atención psicológica; entre otros puntos.

En tanto, la recomendación 73/2016 fue emitida por este organismo al Ayuntamiento de Tarímbaro, derivado de la queja registrada en la Visitaduría Regional de Morelia, al acreditar violaciones a derechos humanos consistentes en prestación indebida del servicio público por dilación o irregularidades en trámites o procedimientos administrativos.

Lo anterior luego de que una persona del sexo masculino pidió la intervención del organismo ante la falta de acciones necesarias para que el fraccionamiento Anexo Erandeni fuera inscrito en el Registro Público de la Propiedad  a fin de amparar los derechos reales y de dominio sobre el mismo.

En este caso la CEDH recomendó al Ayuntamiento de Tarímbaro realizar los trámites necesarios para la regularización de dicho fraccionamiento y proporcionar a los vecinos los servicios públicos municipales indispensables para su funcionamiento, así como resolver la circulación de los carriles del Boulevard Erandeni.

En los tres casos las recomendaciones fueron aceptadas por las autoridades municipales pero ninguna se cumplió, por lo que este organismo hace público el desacato.

Publicaciones relacionadas

Mira también
Cerrar
Botón volver arriba