Aprueba Reginaldo Sandoval inhibir violencia contra las mujeres
Se debe parar de una vez por todas las agresiones; a quien las violente que se le aplique todo el peso de la ley, señaló el coordinador del PT en la Cámara de Diputados
Ciudad de México, 06 de diciembre de 2019.- El líder parlamentario del PT, diputado Reginaldo Sandoval Flores, hizo un llamado a continuar legislando a favor de las mujeres, pues la intención es inhibir que sean violentadas, “se debe parar de una vez por todas las agresiones, basta de que las golpeen y las maltraten; y al que se atreva y lo haga, que tenga su merecido, basta de impunidad”.
Expresó que quienes integran el Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) celebran la reciente aprobación del dictamen que reforma el Código Penal Federal, para tipificar como delito las lesiones contra la mujer en razón de su género, pues lamentablemente y a pesar de los esfuerzos que se han hecho en la materia, no ha sido suficiente para cohibir estos deleznables actos.
Las y los diputados del GPPT nos congratulamos por esta adecuación de la ley, que era necesaria pues a últimas fechas la escalada de violencia en contra de las mujeres por razón de género ha alcanzado cifras alarmantes; definitivamente no podemos permanecer impasibles ante estos hechos, no queremos ni una más, ni una mujer violentada que no tenga acceso a la justicia en este país.
Sandoval Flores resaltó que se debe mantener de forma permanente la promoción y garantía de que las mujeres habitantes de nuestro país no volverán a sufrir actos de violencia por razón de género y que en el caso de que eso suceda los culpables recibirán el castigo que merecen, que sobre ellos caiga todo el peso de la ley.
El coordinador de dicha bancada en la Cámara de Diputados agregó que con las reformas se distinguirá de forma más clara las lesiones dolosas de las lesiones cometidas contra mujeres en razón de su género, como en su momento sucedió cuando se realizó la distinción entre homicidio y feminicidio.
Finalmente, abundó que al adiciona el Capítulo I Bis denominado “Lesiones cometidas contra la mujer en razón de su género”, se suscriben penas mínimas de 10 años de prisión y se impondrán hasta 20 años de prisión si entre el activo y la víctima existió una relación sentimental, afectiva, de confianza, de parentesco, laboral, docente o cualquiera que implique subordinación o superioridad.