Aprueban en Michoacán “vía rápida” en trámites hereditarios
A fin de beneficiar el principio de economía procesal en favor de las familias y se puedan resolver trámites legales hereditarios de manera rápida, el Congreso del Estado reformó el artículo 43 de la Ley de Catastro del Estado de Michoacán
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Morelia, Michoacán, 28 de diciembre de 2016.- A fin de beneficiar el principio de economía procesal en favor de las familias y se puedan resolver trámites legales hereditarios de manera rápida, el Congreso del Estado reformó el artículo 43 de la Ley de Catastro del Estado de Michoacán.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Desarrollo Urbano, Obra Pública y Vivienda, y la de Hacienda y Deuda Pública recopila la iniciativa propuesta por el diputado Raymundo Arreola Ortega, la cual incrementa el valor catastral de 4000 a 5000 días de salario mínimo vigente en el estado y a su vez armonizar la unidad de medida de actualización.
Lo que a decir de las comisiones dictaminadoras, los ciudadanos podrán tener mayor posibilidad de acceder al procedimiento administrativo de variación catastral de bienes hereditarios, reforma que resulta oportuna y de gran beneficio para los ciudadanos.
Puntualizaron que el procedimiento administrativo de variación catastral es aquel por el cual los herederos pueden tramitar ante la Dirección de Catastro del Estado, sin que medie juicio sucesorio que dirima la adjudicación del caudal hereditario, siempre y cuando no haya conflicto entre los interesados y la Secretaría de Finanzas y Administración autorice la variación catastral, observando otros requisitos; este procedimiento resulta una opción más rápida y económica para los herederos.
Por lo que al aprobar dicha reforma se beneficia a las familias michoacanas para que puedan resolver sus trámites legales hereditarios de manera más rápida, sin procedimiento judicial y a un costo económico mucho menor al no protocolizarse ante notario público.