Aprueban hasta 14 años de cárcel por enriquecimiento ilícito y peculado
El Congreso del Estado de Michoacán aprobó reformas a la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos, así como al Código Penal, para restablecer el enriquecimiento ilícito como delito y tipificar el peculado como delito grave
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Morelia, Michoacán, 06 de julio de 2016.- Con el propósito de castigar los actos de corrupción cometidos por servidores públicos, el Pleno de la LXXIIII Legislatura aprobó reformas a la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos, así como al Código Penal, para restablecer el enriquecimiento ilícito como delito y tipificar el peculado como delito grave.
El dictamen elaborado por los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, Juan Bernardo Corona Martínez, presidente; Carlos Humberto Quintana Martínez; Nalleli Julieta Pedraza Huerta; Ernesto Núñez Aguilar y Xóchitl Gabriela Ruiz, integrantes, destaca que la lucha contra la corrupción debe ser sistemática, por lo que es necesario reformar el Código Penal para castigar a todos aquellos responsables de tomar dinero público.
En ese sentido, las reformas aprobadas por el Pleno establece castigar con dos a catorce años de prisión a los servidores públicos que puedan acreditar el legítimo aumento de su patrimonio o la legítima procedencia de los bienes a su nombre, o de aquellos respecto de los cuales se conduzca como dueño.
Asimismo, incurrirá en responsabilidad penal, quien haga figurar como suyos los bienes que un servidor público adquiera o haya adquirido.
De igual forma, se sancionará con la destitución del empleo, cargo o comisión en el servicio público; inhabilitación de dos a ocho años para obtener y desempeñar un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el servicio público; así como el decomiso de los instrumentos, objetos y productos del delito.
La iniciativa que dio origen a la reforma recién aprobada fue presentada ante el Pleno por el diputado Daniel Moncada Sánchez, el pasado 2 de marzo del actual, y turnada a la Comisión de Justicia para su análisis y elaboración del dictamen.
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Considerando que las pintas en espacios públicos y privados es uno de los fenómenos que más agravian a la ciudadanía, los integrantes de la LXXIII legislatura aprobaron adicionar el artículo 232 bis del Código Penal, para castigar con prisión, así como con trabajo en favor de la comunidad, a quien de manera dolosa, dañe paredes, puertas, ventanas o cualquier elemento fijo que se encuentre en vía pública.
Cabe señalar, que la propuesta fue presentada ante el Pleno por la diputada Eloísa Berber, con fecha 19 de febrero del actual, y turnada Comisión de Justicia, para su estudio, análisis y dictamen.