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Avanza iniciativa contra el “veto de bolsillo”

Los diputados señalan en su exposición de motivos que dicha disposición no contraviene con las facultades del Poder Ejecutivo, dado que, se considera que cuenta con tiempo suficiente para realizar su función
Los diputados señalan en su exposición de motivos que dicha disposición no contraviene con las facultades del Poder Ejecutivo, dado que, se considera que cuenta con tiempo suficiente para realizar su función

En comisiones unidas, se aprueba el “ha lugar” para estudiar la iniciativa del diputado Carlos Quintana de reforma a la Constitución Política de Michoacán; de ser dictaminada favorablemente y aprobada en el pleno, esta propuesta daría certeza para que la publicación de leyes no dependa del Ejecutivo

Morelia, Michoacán, 13 de junio de 2016.- Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, Gobernación y Hacienda y Deuda Pública, aprobaron en reunión de trabajo el dictamen mediante el cual se reforma el artículo 37 de la Constitución Política del Estado de Michoacán, para que se considere aprobado por el Poder Ejecutivo, todo proyecto no devuelto con observaciones dentro de los quince días naturales siguientes de su recepción, y se proceda a promulgación y publicación inmediata.

Cabe destacar que dicha propuesta de reforma presentada por el diputado Carlos Quintana Martínez, fue avalada por los diputados Rosa María de la Torre, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Mary Carmen Bernal y Jeovana Alcántar Baca, integrantes de la misma; así como Mario Armando Mendoza, Andrea Villanueva, Ernesto Núñez, presidente e integrantes, respectivamente, de la Comisión de Gobernación; además del Presidente de la Comisión de Hacienda y Deuda Pública el diputado Miguel Ángel Villegas y su integrante Carlos Quintana Martínez.

El dictamen que próximamente será puesto a consideración del Pleno, pretende erradicar el llamado “veto de bolsillo”, al establecer que el Poder Ejecutivo tiene diez días hábiles para realizar observaciones a proyectos avalados por el Congreso, vencido el plazo y de no realizar alguna observación se procederá a su promulgación y publicación inmediata. En el caso de ser rechazado parcial o totalmente por parte del Ejecutivo, el proyecto será devuelto al Poder Legislativo, el cual de ser confirmado por las dos terceras partes del número total de los diputados presentes, deberá ser promulgado y publicado inmediatamente.

Asimismo, se plantea que en cualquiera de estas situaciones la publicación del proyecto de ley o decreto aprobado, será inmediata y no podrá exceder de un plazo mayor de 15 días naturales, de no ser así, será considerado promulgado y el Presidente de la Mesa Directiva del Congreso del Estado ordenará al Periódico Oficial del Estado su publicación.

En este contexto, los parlamentarios señalan en su exposición de motivos que dicha disposición no contraviene con las facultades del Poder Ejecutivo, dado que, se considera que cuenta con tiempo suficiente para realizar su función, dando paso para que no se vean vulneradas las facultades del Congreso, por la inactividad del Poder Ejecutivo.

Destacan que la aprobación de las Leyes es una atribución exclusiva del Congreso, por estar representado el pueblo en la conformación del mismo, por lo que esta propuesta de reforma, equilibra las funciones de los Poderes Ejecutivo  y Legislativo en lo referente al proceso de formación de leyes.

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