Congreso de Michoacán avala crédito para planta de tratamiento en Uruapan
El Poder Legislativo local aprobó reformar el decreto 345, a fin de que el ayuntamiento de dicho municipio y a la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Uruapan, puedan contraer un crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente por el monto de 9 millones 796 mil 483 pesos
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Morelia, Michoacán, 28 de diciembre de 2016.- Con el objetivo de mejorar y hacer más eficiente el servicio público, a través de la construcción, equipamiento, operación, mantenimiento y conservación de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales “San Antonio”, en el municipio de Uruapan, el Congreso del Estado aprobó reformar el decreto 345, a fin de que el ayuntamiento de dicho municipio y a la Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Uruapan, puedan contraer un crédito en cuenta corriente, irrevocable y contingente por el monto de 9 millones 796 mil 483 pesos.
El dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública y de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, brinda la oportunidad de realizar en el ejercicio 2016 o el 2017 la contratación del crédito que ya fue autorizado en 2011 por el propio Congreso del Estado, y debido a diversas circunstancias y factores no fue formalizada la contratación.
Asimismo, establece que el crédito tiene de plazo máximo de vigencia 15 años, lo que no resulta gravoso en proporción al nivel de ingresos y egresos de la propia Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Uruapan (CAPASU) y del municipio de Uruapan, en cuanto deudor solidario y a las percepciones por concepto de participaciones federales de éste último.
El dictamen destaca la imperativa necesidad que el servicio público sea prestado de la mejor y más eficiente manera posible, por lo que el hecho de iniciar la operación cuanto antes de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales “San Antonio”, los beneficios de su inversión comenzaran a reflejarse en la sociedad.
Finalmente, el dictamen mediante el cual se reforma el artículo 5 del Decreto en mención establece que las partes contratantes deberán realizar los pagos correspondientes de manera puntual y deberán informar al Poder Legislativo respecto de la contratación y pagos del crédito autorizado, en los informes financieros trimestrales correspondientes y al rendir la cuenta pública en su momento.