Política

Congreso de Michoacán exhorta a la entrega de las cuentas públicas en tiempo y forma

⁠Hacen un llamado a cumplir con lo establecido en la ley para evitar sanciones

Morelia, Michoacán, 27 de marzo de 2025.- El Pleno de la Septuagésima Sexta Legislatura exhorta a los 112 ayuntamientos del Estado de Michoacán de Ocampo y al Concejo Mayor de Cherán a observar y cumplir cabalmente con la presentación de las cuentas públicas, que debe hacerse ante el Congreso del Estado a más tardar el 31 de marzo.

A propuesta de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior, las y los legisladores invitaron a los municipios y al Concejo mayor a cumplir con lo dispuesto en el artículo 123 fracción III de la Constitución del Estado, así como el artículo 42 párrafo segundo de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Michoacán de Ocampo.

Conforme al Acuerdo, las y los diputados definieron que en estricto apego y cumplimiento de lo mandatado en el marco Constitucional y legal, los ayuntamientos y el Concejo Municipal, así como, como entes obligados en la rendición de cuentas, deben observar la ley con estricto apego para evitar ser sancionado por la falta de observancia a la misma.

Ante la cercanía de la fecha de entrega de las cuentas públicas, el Congreso del Estado instó a los entes fiscalizables a cumplir a cabalidad con sus obligaciones dispuestas por el marco jurídico en la materia, para que entregues éstas en el Poder Legislativo, a fin de que pueda vigilarse el cumplimiento de las mismas.

Cabe destacar que el artículo 42 de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas del Estado de Michoacán de Ocampo, establece que el Gobernador del Estado presentará cada año al Congreso, a más tardar el 30 de abril, la Cuenta Pública de la hacienda estatal correspondiente al ejercicio fiscal próximo anterior.

Solamente se podrá ampliar el plazo de presentación hasta por treinta días naturales cuando medie solicitud del Gobernador y a juicio del Poder Legislativo.

Por su parte, los ayuntamientos, concejos municipales y las comunidades o consejos indígenas y ciudadanos deberán presentar la Cuenta Pública al Congreso a más tardar el 31 de marzo del año siguiente al ejercicio fiscal correspondiente.

Conforme a lo mandatado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es atribución del Congreso del Estado aprobar las leyes de ingresos de los municipios, así como revisar, fiscalizar y dictaminar las cuentas públicas de las haciendas municipales y de los Concejos municipales con base en el análisis de su contenido y en las conclusiones técnicas del Informe General Ejecutivo del resultado de la fiscalización superior.

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