Diputados declaran improcedentes denuncias de juicio político
De esta manera, declararon improcedentes las denuncias de juicio político en contra del presidente municipal de Álvaro Obregón, así como en contra del alcalde y del director de obras de Tangancícuaro.
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Morelia, Michoacán, 17 de agosto de 2015.- La LXXII Legislatura del Congreso local, aprobó el dictamen con proyecto de acuerdo que declara improcedente la denuncia de juicio político en contra del C. José Jesús Rubén Sánchez Juárez, presidente municipal de Álvaro Obregón, presentada por el síndico de este ayuntamiento.
Para tales efectos, los diputados integrantes de las Comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, refirieron que una vez analizados los hechos de la denuncia de juicio político hecha por el denunciante, concluyeron que, si bien es cierto éste hace una relación de hechos y conductas muy particulares, ninguna de éstas encuadra en alguno de los supuestos normativos enumerados en el artículo 30 de la Ley de Responsabilidades y Registro Patrimonial de los Servidores Públicos del Estado.
Aunado a estas acusaciones, los parlamentarios aseguraron que el denunciante es omiso en aportar medios de prueba aptos e idóneos para sustentar sus señalamientos, respecto al favorecimiento de una diversidad de cargos laborales a familiares del alcalde dentro de la Presidencia, puesto que éste no refiere los nombres de las personas que-en su caso- resultaran beneficiadas, ni el cargo que les fuera otorgado, a causa de su relación de parentesco con el denunciado.
En el mismo tenor, el Pleno del Congreso declaró improcedente la denuncia de juicio político en contra de los ciudadanos Gustavo Zintzún y Juan Manuel Grajeda Aviña, presidente municipal y director de obras públicas respectivamente, del ayuntamiento de Tangancícuaro.
Dicha denuncia presentada por regidores de este ayuntamiento, se sustenta en una serie de hechos expuestos que de acuerdo a sus promotores, violentan la normatividad toda vez que ambos funcionarios no ejecutaron legalmente los proyectos denominados Adquisición de Camiones Recolectores de Basura de Tangancícuaro y Equipamiento para la gestión integral de los residuos en Tangancícuaro, haciendo mal uso de recursos públicos federales.
No obstante, los legisladores consideraron que el Director de Obras Públicas, no es sujeto a juicio político, de acuerdo a lo establecido por la legislación local; asimismo, en lo relativo a la posibilidad de un mal uso de recursos públicos, los integrantes de las comisiones dictaminadoras consideraron que es materia de fiscalización por parte de la Auditoría Superior de la Federación, dado que se habla de la ejecución de 2 programas con recursos públicos federales, de acuerdo a lo establecido en la Constitución federal.
Por tal motivo, los parlamentarios declararon la improcedencia de dicha denuncia y ordenaron remitir a la Auditoría Superior de la Federación, el original de la denuncia de juicio político, así como de todos sus anexos presentados ante este Congreso, para que, de consideraron oportuno, instruya las acciones pertinentes.