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Hasta 6 años de cárcel para quien agreda a personal médico en Michoacán

La Comisión de Justicia aprobó el dictamen para reformar el artículo 180 del Código Penal a efecto de establecer un agravante al delito de discriminación y una pena de hasta 6 años a las personas que agredan al personal médico y auxiliar que labora durante la emergencia sanitaria

Morelia, Michoacán, 02 de mayo de 2020.- La Comisión de Justicia aprobó el dictamen para reformar el artículo 180 del Código Penal a efecto de establecer un agravante al delito de discriminación y una pena de hasta 6 años a las personas que agredan al personal médico y auxiliar que labora durante la emergencia sanitaria.

En este sentido, los diputados integrantes de la Comisión establecieron que las agresiones contra personal sanitario que combate esta enfermedad, un fenómeno que considera a los médicos, cirujanos, paramédicos, enfermeros, camilleros y a todos los demás trabajadores de hospitales, centros de salud y clínicas, como un riesgo potencial o una amenaza, en lugar de ser vistos como medios o conductos de solución al problema.

Advirtieron que detrás de los ataques está el miedo, la ansiedad y el exceso o sobreexposición a información falsa o no certera, compartida a través de redes sociales y páginas de internet, que infunden pensamientos irracionales, que no tienen sustento o motivo, pero que orillan a las personas a actuar por impulso contra lo que para ellos representa u origina el pánico.

La propuesta presentada por los legisladores Eduardo Orihuela Estefan y Ernesto Núñez Aguilar, fue la de reformar la legislación penal para castigar a los agresores, por lo que los integrantes de la Comisión aprobaron el dictamen para dar inicio a un proceso de re dignificación y respeto a la función que desempeñan los profesionales de la salud.

El dictamen destaca que los gobiernos deben aplicar una nueva política de “cero tolerancias” ante estas situaciones, concluyen:

La reforma al artículo 180 del Código Penal quedó de la siguiente forma “…a quien, durante una emergencia sanitaria, cometa cualquiera de las conductas a que se refiere el artículo anterior en contra de un médico, cirujano, paramédico, enfermero, camillero o cualquier otro profesional de la salud o trabajador del sector salud, público o privado, se le aumentará la pena prevista en el artículo anterior hasta en tres años más de prisión o multa de cien a ciento cincuenta días multa…”.

La propuesta fue discutida y aprobada por los diputados José Antonio Salas Valencia, Araceli Saucedo Reyes, Adriana Hernández Iñiguez, Fermín Bernabé Bahena y Ernesto Núñez Aguilar, integrantes de la Comisión de Justicia

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