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Michoacán tendrá que adecuar sus leyes para sancionar “halconeo”: SNB

El diputado del PAN recordó que presentó una iniciativa que deroga diversos artículos de la Ley de Ejecución de Sanciones Penales, y además crea la Ley de Centros de Reclusión para el Estado de Michoacán
Sebastián Naranjo consideró necesario revisar si la redacción en otro estado ha sido avalada por la Suprema Corte para tomarla como referencia en Michoacán

El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado se dice respetuoso de la resolución de la SCJN, que declara inconstitucional dicho delito previsto en el Código Penal de Michoacán; plantea modificar la redacción del artículo 133

Morelia, Michoacán, 22 de julio de 2015.- Michoacán tendrá que adecuar sus leyes si se pretenden sancionar penalmente conductas como el “halconeo”, reconoció Sebastián Naranjo Blanco, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Congreso del Estado.

El pasado 6 de julio, al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió por unanimidad declarar inconstitucional el artículo 133 del Código Penal de Michoacán, que sanciona con cárcel a la persona que mediante la vigilancia obtuviera y proporcionara información sobre la ubicación, actividades, operativos y en general cualquier acción realizada por las fuerzas armadas y los cuerpos de seguridad pública.

Al respecto, Sebastián Naranjo manifestó su respeto a la determinación del Poder Judicial de la Federación y recordó que dicho delito fue incluido por el Poder Legislativo en el Código Penal de Michoacán a petición del Ejecutivo estatal y como una forma de apoyar la estrategia de seguridad en la entidad y en respuesta a conductas observadas con frecuencia que dificultaban el actuar de las fuerzas del orden.

El diputado del Partido Acción Nacional (PAN) dijo tener conocimiento de que la SCJN determinó inconstitucional el artículo 133 argumentando que viola los derechos a la libertad de expresión y de acceso a la información, y reconoció que con esa decisión y la redacción actual en la legislación michoacana no es posible sancionar el que venía siendo considerado como un delito.

Sin embargo, en virtud de la gravedad de la conducta, Naranjo Blanco consideró necesario valorar la posibilidad de hacer una modificación al Código Penal de Michoacán, de modo que no sea una vez más impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

En ese sentido, el también integrante de la Comisión de Justicia en el Congreso del Estado reconoció que en este momento no es posible saber si la modificación alcanzará a hacerse en la actual Legislatura que concluye en  la primera quincena de septiembre, pero consideró necesario comenzar por revisar si en otros estados del país existe alguna redacción que sancione el “halconeo” y que haya sido avalada por el máximo tribunal del país, la que bien podría ser tomada como referente para hacer las adecuaciones en Michoacán.

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