Plantea Brissa Arroyo que no prescriba o venza delito de daño moral por violencia sexual
La actual legislación contempla dos años para que la víctima reclame
Morelia, Michoacán, 04 de diciembre de 2025.- Con la intención de reconocer el daño moral como un derecho imprescriptible, la diputada Brissa Arroyo Martínez presentó una iniciativa para adicionar un párrafo al artículo 1101 del Código Civil de Michoacán. La legisladora destacó que el silencio de las víctimas puede prolongarse por años debido al miedo, la vergüenza o la violencia sistemática que enfrentan.
Arroyo Martínez señaló que el daño moral derivado de violencia sexual o violencia de género es profundo y silencioso, lo que genera impunidad y vuelve invisibles a las víctimas. Subrayó que quienes padecen estas agresiones continúan con su vida cargando un dolor que no desaparece con el tiempo.
La coordinadora del GPPRD recordó que la legislación actual impone un plazo de dos años para reclamar la reparación del daño moral, aun cuando las víctimas requieren primero una sentencia condenatoria, proceso que suele ser largo y desgastante. «Dos años para alguien que quizá tardó diez en poder hablar», expresó.
En ese contexto, la diputada propuso declarar imprescriptible la acción civil para reclamar daño moral en casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes, así como en delitos cometidos contra mujeres víctimas de violencia de género. Exhortó al pleno a no perpetuar un sistema que deja en el abandono a quienes más necesitan al Estado.
Recordó que la Suprema Corte ha reconocido la imprescriptibilidad de daños derivados de violencia sexual contra menores. Actualmente, el artículo 1101 establece que la acción prescribe en dos años contados desde que ocurrió el daño, por lo que la iniciativa plantea modificarlo para eliminar este límite cuando se trate de víctimas de violencia sexual y de género.




