Ponen candado a expropiaciones en Michoacán


La LXXII Legislatura local aprobó reformas a la Ley de Expropiación del Estado; ahora se establece que la expropiación de algún bien a cualquier particular deberá ser restituida en el equivalente al valor comercial del bien objeto de la declaración
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Morelia, Michoacán, 10 de marzo de 2015.- El Pleno de la LXXII Legislatura aprobó la reforma al artículo 14 de la Ley de Expropiación del Estado de Michoacán para establecer que aquellos bienes que sean expropiados a particulares, deberán ser restituidos al propietario en el equivalente al valor comercial del bien objeto de la declaración, que será fijado por la dependencia o entidad que corresponda.
De esta manera, los parlamentarios consideraron que la utilidad pública es la finalidad de la expropiación, ya sea para la ampliación, prolongación y alineación de calles; la construcción de obras de protección de calzadas, puentes vehiculares o peatonales; la construcción de ampliación de hospitales, asilos, hospicios, guarderías, entre otros.
En dicho tenor, expusieron que actualmente la Ley de Expropiación del Estado contempla una indemnización para los bienes muebles, considerando el valor comercial, pero tratándose de los bienes inmuebles, la indemnización no será inferior al valor fiscal registrado en catastro municipal al momento de la afectación, por lo que a decir de los legisladores, esta disposición abre la puerta a controversias sobre la indemnización que el Estado debe fijar al ciudadano afectado.
Es por lo anteriormente señalado que los diputados locales consideraron oportuno actualizar la Ley de Expropiación en el Estado, estableciendo que el Poder Público para determinar el valor del bien afectado, deberá tomar en cuenta en todo momento su valor real, su valor actualizado, su valor comercial, mismo que habrá de ser fijado por especialistas en la materia.
Así, se garantiza en todo momento al ciudadano sus derechos de propiedad, equidad, justicia, legalidad y de indemnización frente a un acto jurídico de esta naturaleza.