Revoca TEPJF asignación de diputados plurinominales en Michoacán
La Sala Regional de Toluca resolvió cuatro juicios de inconformidad promovidos por PAN, PVEM, PRD y Morena; revocó la sentencia anterior del TEEM, formuló una nueva asignación y ordenó al Consejo General del IEM expedir y entregar las nuevas constancias de mayoría
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Toluca, Edomex; 9 de septiembre de 2015.- En sesión pública las magistradas y el magistrado que integran la Sala Regional Toluca resolvieron cuatro juicios de revisión constitucional electoral y cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, promovidos por los partidos políticos Acción Nacional, Verde Ecologista de México, de la Revolución Democrática y MORENA, así como por diversos candidatos postulados por dichos institutos políticos, en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán, al resolver los expedientes TEEM-JDC-932/2015, TEEM-JDC-933/2015, TEEM-JDC-934/2015, TEEM-JDC-935/2015, TEEM-JIN-131/2015 y TEEM-JIN-132/2015 acumulados.
En dicha sentencia, entre otras cuestiones, se revocaron las constancias de asignación de diputados de representación proporcional otorgadas a las candidatas Alma Mireya González Sánchez y Mariana Victoria Ramírez, propietaria y suplente, respectivamente, del Partido Acción Nacional, y se vinculó al Consejo General del Instituto Electoral del Michoacán, para que expidiera y entregara las constancias de asignación de diputado de representación proporcional correspondiente, a las candidatas Cecilia Lazo de la Vega de Castro e Irene Cerda Ramos, propietaria y suplente, respectivamente, en la cuarta fórmula de la lista presentada por el Partido de la Revolución Democrática.
Por unanimidad de votos, los magistrados determinaron revocar la referida sentencia y, en plenitud de jurisdicción, decidieron inaplicar, al caso concreto, la porción normativa del inciso a) de la fracción II del artículo 175 del Código Electoral del Estado de Michoacán, en la parte que señala “de Gobernador y”, por considerar que la disposición se alejaba de los parámetros de proporcionalidad.
No obstante ello, la magistrada María Amparo Hernández Chong Cuy y el magistrado Juan Carlos Silva Adaya, no compartieron las consideraciones propuestas por la ponente, la magistrada Martha Concepción Martínez Guarneros, respecto de los agravios relacionados con el límite de sobrerrepresentación del Partido de la Revolución Democrática y la indebida aplicación de la fórmula de asignación de diputados de representación proporcional y, en consecuencia, por mayoría de votos, formularon una nueva asignación, y vincularon al Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán para que expida y entregue las constancias respectivas.