Senado ampliaría facultades de indulto al presidente de México
Aunque con la exigencia del cumplimiento de algunas condiciones, el titular del Ejecutivo federal podría conceder el indulto “por cualquier delito del orden federal o común”; con esto se daría un primer paso para lograr la liberación del profesor Alberto Pathistán, acusado de matar a siete policías
México, D.F., 22 de octubre de 2013.- El Senado dio un primer paso para lograr la liberación del profesor Alberto Pathistán, acusado de matar a siete policías, pues su Comisión de Justicia aprobó una reforma al Código Penal Federal para que el Congreso de la Unión pueda solicitar al Presidente de la República el indulto a un preso cuyo proceso judicial registró irregularidades.
La reforma consiste en adicionar el artículo 97 Bis al Código Penal Federal para que “de manera excepcional, por sí o a petición del Pleno de las Cámaras de Diputados y de Senadores del Congreso de la Unión, el titular del Poder Ejecutivo Federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común, y previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que se demuestre que la persona sentenciada no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, en los casos en los que se hayan violado los derechos humanos de la persona sentenciada.
El Ejecutivo Federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales. En su resolución, el Ejecutivo federal otorgará el indulto, en su caso, sin condiciones adicionales o con las que estimare convenientes”, precisa la reforma aprobada por los senadores de la Comisión de Justicia.
José María Martínez, integrante de la Comisión, informó que será este martes cuando se presente el dictamen al Pleno del Senado, con el propósito de sumar votos y enviarlo a la Cámara de Diputados.
Los senadores desecharon la propuesta de otro grupo de senadores, encabezados por la perredista Angélica de la Peña, para crear la Ley de Amnistía para el caso del profesor chiapaneco, porque argumentaron que esa figura de protección está destinada a grupos de personas, no a individuos.
La Comisión de Justicia aprobó adicionar un artículo en el Código Penal Federal para combatir y erradicar el acoso laboral o “mobbing”, a propuesta de senadoras del Partido Acción Nacional.
Adiciona el artículo 149 quáter del Código Penal Federal para establecer que “al servidor público federal que en el ámbito de una relación laboral ejerza cualquier tipo de violencia, de forma reiterada, sistemática y recurrente durante un tiempo prolongado, sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo y le cause un daño que afecte su dignidad, se le impondrá de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo a favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal”.