Trabajan diputados en reformas a la Ley del Notariado de Michoacán
Uno de los ejes fundamentales de esta iniciativa, es que para el nombramiento de nuevos notarios, éste se realice por concurso de oposición. Para ello, el titular del Ejecutivo deberá emitir una convocatoria a la que habrán de inscribirse los interesados en ocupar la notaria de mérito.
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Morelia, Michoacán, 13 de agosto de 2015.- Los Diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Gobernación y Justicia, Olivio López Múgica, Thalía Vázquez Alatorre, Sebastián Naranjo Blanco, Sergio Benítez Suárez, Bertín Cornejo Martínez y Araceli Gómez Sahagún, se reunieron para analizar y discutir la iniciativa de reforma a la Ley del Notariado del Estado.
Uno de los ejes fundamentales de esta iniciativa, es que para el nombramiento de nuevos notarios, éste se realice por concurso de oposición. Para ello, el titular del Ejecutivo deberá emitir una convocatoria a la que habrán de inscribirse los interesados en ocupar la notaria de mérito. Los aspirantes deberán presentar un examen teórico práctico y aprobarlo con una calificación mínima de ocho, sobre un máximo de diez.
El resultado de este proceso será publicado por el Ejecutivo en el Periódico Oficial y en un diario de mayor circulación estatal, en un plazo no mayor a diez días naturales.
Entre los requisitos a cumplir por parte de los aspirantes destaca el contar con 30 años de edad, cinco años de haber obtenido título de licenciado en derecho o abogado y dos años de experiencia en materia notarial ininterrumpida y continua.
Otro de los puntos a destacar de esta iniciativa, es el proceso de certificación que deberán cumplir los notarios públicos, el cual tendrá una vigencia de dos años. Lo anterior, con el objetivo de contar con notarios públicos profesionales, capacitados y certificados y de esta forma ofrecer un mejor servicio a los michoacanos.
Para el caso de los notarios en funciones, a la entrada en vigor del decreto, contarán con dos años para certificarse.
La iniciativa en discusión, destaca que serán causales de suspensión de un notario en el ejercicio de sus funciones, el no acreditar por segunda ocasión consecutiva su certificación.