Sucesos

Caro Quintero salió de la cárcel y se esfumó

El Primer Tribunal Colegiado amparó a Caro Quintero y ordenó al Segundo Tribunal Unitario sobreseer las causas penales y absolverlo de diversos delitos
El Primer Tribunal Colegiado amparó a Caro Quintero y ordenó al Segundo Tribunal Unitario sobreseer las causas penales y absolverlo de diversos delitos

El titular de la PGR, Jesús Murillo Karam, manifestó su preocupación por la celeridad con que se demandó la libertad, dijo que el tribunal ignoró por completo criterios de la Suprema Corte, pero se dijo respetuoso de las decisiones del Poder Judicial

México, D.F., 10 de agosto de 2013.- Luego de 28 años de estar preso en distintas cárceles del país, el capo del narcotráfico Rafael Caro Quintero abandonó ayer el Reclusorio Preventivo de Puente Grande, Jalisco, y se “esfumó”.

En acato a un amparo otorgado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, el Segundo Tribunal Unitario en Materia Penal con residencia en Jalisco ordenó la libertad del narcotraficante, quien en su momento ofreció pagar la deuda externa de México a cambio de su liberación.

Tras conocer la noticia, la DEA advirtió que no cederá en su pretensión de llevar ante la justicia de Estado Unidos al capo para que pague por el secuestro, tortura y asesinato del agente Enrique Camarena Salazar, crimen cometido en Guadalajara en 1985.

El procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, manifestó su preocupación por la celeridad con que se demandó la libertad, pues dijo que el tribunal ignoró por completo criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Sin embargo, manifestó ser respetuoso de las decisiones del Poder Judicial de la Federación.

El Primer Tribunal Colegiado amparó a Caro Quintero y ordenó al Segundo Tribunal Unitario sobreseer las causas penales y absolverlo de diversos delitos; además, consideró que el sinaloense ya purgó las dos terceras partes de su sentencia de 40 años y que fue juzgado incorrectamente.

El tribunal de alzada consideró que Caro Quintero nunca debió ser juzgado en el fuero federal por los asesinatos del agente de la DEA Enrique Camarena Salazar y el piloto mexicano Alfredo Zavala Avelar.

Lo anterior porque no existe registro de que el agente estadunidense haya entrado al país como diplomático o funcionario consular, como ocurre con otros norteamericanos. Por tanto, el capo tuvo que ser juzgado por una autoridad del fuero común.

Asimismo, resolvió que en relación con las acusaciones de narcotráfico y otros delitos ya cumplió la condena.

Caro Quintero fue notificado de la resolución durante la madrugada de ayer, por lo que abandonó la cárcel y desapareció.

En diciembre de 2012, la Agencia Antidrogas de EU (DEA por sus siglas en inglés) lanzó una nueva alerta internacional en la que ordena la detención del narcotraficante.

Durante más de 28 años los estadunidenses han fracasado en su intento de tener en sus manos a este mexicano para juzgarlo por el asesinato del agente Camarena.

El sinaloense, quien tiene más de 60 años de edad, es requerido para ser juzgado por los delitos de secuestro y asesinato; de igual manera, por promover la delincuencia organizada, ya que su “empresa criminal” (el cártel de Guadalajara) continúa operando.

EL PROCESO

El 3 de junio de 2009, el juez Cuarto de Distrito en Materia Penal en Jalisco, Adalberto Maldonado Trenado, encontró responsables a los capos Rafael Caro y Ernesto Rafael Fonseca, Don Neto, líderes del entonces del cártel de Guadalajara, de la muerte de Camarena Salazar y del piloto mexicano Zavala Avelar, crimen perpetrado el 7 de febrero de 1985.

Tras 24 años de litigio, el juzgador dictó sentencia contra los narcotraficantes, a quienes también encontró responsables del asesinato de dos estadunidenses más: Alberto Felipe G. Radelat y John Clay Walter, y por tener secuestradas a 4 mil personas en sembradíos de droga en Chihuahua.

Pese a que a Caro Quintero le correspondían 199 años de prisión y a Don Neto 150, solo se les impuso una pena de 40 a cada uno, ya que en la legislación vigente en 1985, que les era aplicable, no se podía imponer una sanción mayor por ser esa la que fijaba como límite máximo el artículo 25 del Código Penal Federal.

NIEGAN EXTRADICIÓN

Ambos delincuentes no pudieron ser extraditados porque la SCJN solo avaló las extradiciones temporales, mas no los casos en que mexicanos pueden enfrentar la pena de muerte o cadena perpetua, pues nuestra legislación vela por el derecho a la vida.

Por esa razón no fueron entregados, ya que los estadunidenses buscan aplicarles la pena máxima.

En marzo de 2012, Caro Quintero quiso adelantar su salida de la cárcel y promovió un amparo directo.

No obstante, la Primera Sala de la Suprema Corte desechó la petición del tribunal colegiado de atraer el amparo directo que promovió el ex líder del cártel de Guadalajara.

Caro Quintero impugnó la sentencia de 40 años de prisión que se le impuso por el asesinato del agente de la DEA y demás delitos.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, los ministros desecharon la petición presentada por la defensa del capo, quien alegó en su amparo directo que la Procuraduría General de la República cambió sus conclusiones acusatorias, ya que le tipificó delitos de un fuero distinto.

Además, buscaba obtener los beneficios del nuevo sistema de justicia adversarial, en el que prevalece el respeto a los derechos humanos.

El asunto fue presentado a la sala por el ministro José Ramón Cossío Díaz, tras la petición que hizo el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito, quien el 27 de abril de 2011 ratificó la sentencia dictada en 2009.

Caro Quintero fue detenido el 4 de abril de 1985, en Costa Rica, y posteriormente fue entregado a México, donde finalmente estuvo encarcelado en reclusorios del Distrito Federal y en los penales de máxima seguridad de Almoloya de Juárez, en el Estado de México, y en el de Puente Grande, Jalisco.

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