Ciudadanos piden a Ministros que no permitan el aborto en Aguascalientes
Proyecto de despenalización del aborto en Aguascalientes se discutirá en la Primera Sala de la SCJN
Morelia, Michoacán, 08 de agosto de 2023.- Con el respaldo de más de 8 mil 500 firmas de sociedad civil, la plataforma digital Actívate.org.mx presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la solicitud para que se vote en sentido negativo el proyecto de discusión sobre la despenalización del aborto en el estado de Aguascalientes.
En coordinación con el Frente Nacional por la Familia, la plataforma de participación ciudadana y activismo digital exigió a las y los ministros de la “Suprema Corte que no cometan una Suprema Injusticia”.
El proyecto se discutirá por la Primera Sala de la SCJN el próximo miércoles 9 de junio y consiste en determinar si los artículos 101, 102 y 103 de Código Penal para el Estado de Aguascalientes que regulan la despenalización del aborto son inconstitucionales, además de contemplar la liberación de mujeres encarceladas por dicho delito.
Al respecto, Rodrigo Iván Cortés, director del Frente Nacional por la Familia, declaró que de aprobarse esta acción se vulnera no sólo la vida del feto, sino también de las mujeres, pues está comprobado que entre mayor es el desarrollo del embarazo, mayor es el riesgo para la mujer.
Así también, agregó las implicaciones sociales y judiciales que tendría dicha acción: “al eliminar el tipo penal aborto, quien sale más beneficiado son aquellos que agrediendo a la mujer, forzan a un aborto, aquellos que explotan a las mujeres y las llevan a abortar, aquellos que violentan a las mujeres”.
SCJN recibe Amicus Curiae contra el aborto
A la activación, se suma la notificación de entrega de un Amicus Curiae presentado el mes de junio donde se presentan los elementos jurídicos para declarar negativa la resolución respecto al proyecto de discusión sobre el aborto en Aguascalientes.
“Estamos reunidos por una exigencia ciudadana, somos mexicanos que pedimos que se respete el derecho a la vida y que este amparo sea revocado porque contiene errores e interferencias que no están bien estipulados para que este amparo sea aprobado”, declaró Ceci Urrea, gerente de campaña en Actívate.org.mx
Actívate.org.mx es una plataforma digital conformada por herramientas que promueven la participación ciudadana en donde cualquier persona, grupo, movimiento u organización pueda generar activaciones para cambiar realidades.
¿Qué dicen los artículos que buscará la Corte se dejen de aplicar en Aguascalientes?
“ARTÍCULO 101.- Aborto doloso. El Aborto Doloso es la muerte del producto de la concepción en cualquier momento de la preñez.
Al responsable de Aborto Doloso se le aplicarán de 1 a 3 años de prisión y de 40 a 80 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, cuando se realice por la mujer embarazada o por otra persona con el consentimiento de la mujer embarazada, tomando en cuenta para ello las reglas de la autoría, participación y complicidad.
ARTÍCULO 102.- Suspensión en caso de aborto. Cuando el Aborto Doloso lo realice un médico, cirujano o partero, además de la punibilidad establecida en el Artículo anterior, se le suspenderá de 2 a 5 años en el ejercicio de su profesión u oficio.
ARTÍCULO 103.- Exclusión de aborto doloso. No se considerará Aborto Doloso, y por ende no se aplicará pena o medida de seguridad alguna cuando de no practicarse el aborto, la mujer embarazada corra grave peligro de muerte, a juicio del médico que la asista y de otro a quien éste consulte, si ello fuere posible y la demora en consultar no implique peligro. Cuando el embarazo haya sido causado por hecho punible tipificado como violación en cualquier etapa del procedimiento penal iniciado al efecto, a petición de la víctima, la autoridad judicial podrá autorizar la realización del aborto, para que sea practicado por personal médico especializado, sin que ello conlleve las consecuencias jurídicas descritas en el presente capítulo. (CON INFORMACIÓN DE: SIETE 24)