Multa Comisión Federal de Competencia a Pemex por 653.2 mdp
La sanción por obligar a las gasolineras a contratar las pipas operadas por el personal sindicalizado en el transporte de combustibles entre las terminales de almacenamiento y reparto (TAR) y el punto de venta
México, D.F., 25 de agosto de 2013.- La Comisión Federal de Competencia (CFC) determinó multar a Petróleos Mexicanos (Pemex) con 1.6 millones de pesos y a Pemex Refinación con otros 651.6 millones por obligar a las gasolineras a contratar las pipas operadas por el personal sindicalizado en el transporte de combustibles entre las terminales de almacenamiento y reparto (TAR) y el punto de venta.
De acuerdo con la CFC, la paraestatal no puede condicionar la venta de combustibles a la contratación del traslado de gasolina y diésel por pipas de la empresa operadas por personal sindicalizado. El regulador exigió a Pemex suprimir la citada práctica en 30 días hábiles.
Indicó que, por este tipo de prácticas, las gasolineras han pagado un sobrecosto que, en principio, se ha contabilizado en 1,000 millones de pesos; sin embargo, esta cantidad se podría duplicar en función de las revisiones que se hagan en los procesos subsecuentes a la resolución anunciada este lunes.
Según la resolución de la CFC, dicha cantidad incrementa el subsidio al precio de la gasolina (pues el sobre precio del transporte no se refleja en el costo final de los combustibles), por lo que al eliminarse la práctica, el dinero será ahorrado por el erario sin incidir en el precio que el consumidor final paga por el diésel y la gasolina.
La resolución, vigente a partir de la primera hora de este lunes, liberará el mercado del transporte de combustibles una vez efectuadas las ventas de primera mano realizadas a pie en la terminal respectiva.
VENDRÁ APERTURA A COMPETENCIA
La autoridad informó que en el expediente DE-024-2010, abierto por la petición de cuatro estaciones de servicio, se determinó que Pemex como organismo coadyuvó en la realización de las prácticas monopólicas de Pemex Refinación y por eso ambas entidades fueron multadas. La CFC refirió que esta actividad está libre para la competencia y que los diferentes tipos de transportista podrán presentar sus tarifas y las estaciones de servicio podrán elegir la que mejor le convenga.
El fundamento legal de la decisión fue que la paraestatal argumentó que el monopolio exclusivo del Estado empieza en la parte industrial del petróleo, que es la producción de petrolíferos y se mantiene hasta la TAR, en donde se lleva a cabo la venta de primera mano y el traslado de propiedad que pasa a manos de la gasolinera quien, con la nueva resolución, puede elegir quién va a llevar el combustible al punto de venta porque el traslado está fuera de la excepción constitucional a la Ley Federal de Competencia.
Desde la perspectiva de la autoridad, lo que ha hecho de manera constante la paraestatal ha sido abusar de su poder de mercado, al obligar a las estaciones de servicio a pagar un servicio de traslado de gasolina y diésel con pipas y personal sindicalizado de Pemex, cuando, en realidad, hay otras opciones, además de que el combustible ya pasó a ser propiedad de las gasolineras.
El monopolio constitucional sobre el diésel y la gasolina terminará exactamente con la firma del contrato de la venta de primera mano, se establece en la resolución de CFC.