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Reloj checador, obligación patronal en puerta para el 2026

La reforma que promueve el gobierno para reducir la jornada laboral está acompañada de la obligación de contar con registro electrónico de los horarios de trabajo

Morelia, Michoacán, 16 de diciembre de 2025.- El reloj checador está a punto de pasar de ser una buena práctica a una obligación patronal. La iniciativa de reforma para la reducción de la jornada laboral que promueve el Gobierno Federal plantea incorporar el registro electrónico del tiempo de trabajo como una responsabilidad para los empleadores.

Hasta ahora, la Ley Federal del Trabajo (LFT) no contempla ninguna obligación similar a la que se plantea incorporar con la reducción de la jornada laboral a 40 horas semanales.

“Hasta el día de hoy el uso de relojes checadores o el registro de la entrada y salida es opcional para los patrones, no es una obligación”, expone Mayeli Cabral, socia del área Laboral de Chevez Ruíz Zamarripa. A decir de la especialista, esta disposición es “realmente trascendente e importante” porque permite tener claridad en el inicio y fin de la jornada laboral.

En eso coincide Carlos Ferran Martínez, socio director de Ferran Martínez Abogados. “Todo lo que tenga que ver con documentar las condiciones de trabajo es una buena noticia. Entre mejor tengamos documentadas las cosas es mejor”.

De acuerdo con la propuesta enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Senado, los empleadores tendrían la obligación de “registrar de manera electrónica la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización”.

También se sumaría como obligación patronal proporcionar a la autoridad la información de los registros electrónicos cuando así se le requiera.

“Dar transparencia es muy importante. Lamentablemente la ambigüedad en el registro de las horas no se tuvo como prioridad durante muchos años, es un acierto para las empresas también tener claridad e incluso con ello, poder medir el desempeño de manera más transparente y con datos en mano”, afirma Marité Villanueva, abogada laboral y asesora de Recursos Humanos.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) sería la encargada de expedir las disposiciones generales para la aplicación y excepciones del registro electrónico, según lo propuesto en la reforma para la reducción de jornada laboral.

Para Jimena Sánchez, socia fundadora de Employment Legal Aid, uno de los aspectos en los que se necesita mayor claridad es en cómo se gestionará el registro en los casos de empresas que cuentan con más de un tipo de jornada laboral.

“En una empresa puede haber 10 horarios diferentes y muchas veces son rotativos. Habrá qué esperar cómo funciona el registro electrónico, si como empresa le tendrán que decir a la autoridad ‘este es mi menú de horarios y ya’ o se tienen que identificar qué persona está en qué jornada”, señala la especialista.

Desde la perspectiva de Marité Villanueva, la resistencia puede ser normal “porque no estamos acostumbrados a eso”, pero la tendencia global es avanzar hacia el bienestar y es un beneficio para todos. “Incluso los líderes de empresas sufren las consecuencias de no tener un orden y un control preciso de esto”.

Tiempo extraordinario: ¿Qué pasará?

La reforma promovida por el Gobierno Federal plantea una reducción gradual de la jornada laboral para alcanzar en el 2030 un límite de 40 horas semanales. A la par de esto, propone ampliar el tiempo extraordinario permitido de 9 a 12 horas por semana, este incremento también será progresivo, y se busca que por primera vez las horas triple tengan un límite semanal (4 horas).

Mayeli Cabral considera que la propuesta sí permite flexibilidad en la distribución del tiempo de trabajo. “Puede dar un abanico para ajustar las jornadas para bien de los empleados como de las empresas sin afectar la productividad y con un costo tan alto como se había pensado en primer momento”.

La especialista descarta que se pueda tener un escenario en el que el tiempo extraordinario se convierta en una figura para conservar jornadas de trabajo más extensas. “Al tener que estar justificadas por causas extraordinarias, no se debería estar abusando de esta figura y esto en su momento será vigilado por la autoridad, no veo que pueda ser utilizado en su totalidad y que se convierta por mutuo acuerdo en algo ordinario, sería en contra de lo que busca la propia disposición”.

El límite a las horas triple es calificado por Carlos Ferran Martínez como “relevante” porque hasta ahora, no hay un tope. “Da claridad en la reforma a la legislación para la prevención de trata de personas que incluso tiene implicaciones penales al exceder el tiempo extra”.

Si bien “se entiende el tope porque no es sano trabajar horas triple de manera ilimitada”, el especialista opina que la medida sí podría generar una brecha entre quienes desean de manera genuina laborar más tiempo para obtener mayor ingreso. “En la lógica de equilibrios de la Ley, este será un tema polémico”.

¿Y los dos días de descanso?

Aunque se propone una reducción a 40 horas semanales, tanto la modificación a la Constitución como a la Ley Federal del Trabajo que se plantea, conserva el esquema de seis días de trabajo por uno de descanso; es decir, no amplía el descanso semanal.

A decir de Jimena Sánchez, este planteamiento podría restarle efectos positivos al cambio. “Si lo que buscamos es que la gente descanse, lo ideal era cinco días laborales por dos de descanso, porque ahí sí se obliga a los empleadores a otorgar los dos días”.

Si se mantiene la fórmula matemática actual, para cubrir las 40 horas semanales se tendrían jornadas ordinarias de poco menos de 7 horas por día, “no cambia mucho si de todas formas las personas tienen que salir a las 5:30 de la mañana para llegar a la oficina a la 8:00”, ejemplifica la especialista.

(CON INFORMACIÓN DE: EL ECONOMISTA)

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