SCJN avala que mexicanos demanden al Estado por indemnización: ¿En qué casos?
A partir de ahora, se podrá exigir la indemnización directamente a las aseguradoras del Gobierno sin pasar por juicios administrativos eternos
Ciudad de México, 18 de diciembre de 2025.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo que reescribe las reglas del juego en la defensa ciudadana frente al poder público. En una resolución que marca un antes y un después para la justicia administrativa, el tribunal determinó que los ciudadanos afectados por el funcionamiento irregular del Estado —es decir, por fallas, negligencias o accidentes provocados por el gobierno— pueden exigir la reparación integral del daño de manera directa.
La clave de este fallo radica en la eliminación de la burocracia: cuando exista una póliza de seguro que cubra el riesgo (como las que tienen contratadas las dependencias federales), la víctima no tendrá que enfrentar procesos duplicados ni esperar años para ver un peso.
El origen: un accidente con la CFE que cambió la ley
Este precedente judicial no nació en el vacío. Se originó a partir de dos casos dramáticos donde trabajadores de la construcción, mientras realizaban labores de albañilería, sufrieron descargas eléctricas severas por la cercanía con instalaciones de la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
Las lesiones graves y secuelas permanentes de estos trabajadores evidenciaron un sistema legal que, lejos de ayudarlos, los obligaba a un laberinto de trámites. Para la Corte, esto fue inadmisible y subrayó la urgencia de fortalecer el «acceso efectivo a la indemnización».
¿Quiénes pueden demandar y cómo funciona la «Vía Directa»?
El fallo del Pleno valida la constitucionalidad del artículo 147 de la Ley sobre el Contrato de Seguro. Esto significa que:
- Cualquier persona que sufra un daño derivado de un servicio público (como la transmisión de energía eléctrica, obras públicas mal señalizadas, etc.) tiene derecho a reclamar.
- La Vía Directa: Las víctimas ya no están obligadas a iniciar primero un largo procedimiento administrativo contra el Estado para que este reconozca su culpa.
- Juicio Civil: Ahora pueden ir directamente contra la aseguradora que respalda a la entidad pública (en este caso, la CFE) mediante un juicio civil.
Esto reduce drásticamente la carga emocional y económica para quienes ya enfrentan consecuencias físicas por el accidente.
¿Qué pasa si el seguro no alcanza?
La SCJN fue cuidadosa en no dejar cabos sueltos. El fallo precisa que este mecanismo de vía rápida no excluye otras protecciones. El artículo 147 debe interpretarse en armonía con el artículo 15 de la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado.
¿Qué significa esto en pesos y centavos? Si la póliza de seguro de la dependencia gubernamental tiene un tope y no cubre la totalidad del daño sufrido, la persona afectada mantiene su derecho de iniciar un procedimiento administrativo complementario para reclamar al Estado el monto restante.
Con esta sentencia, el Poder Judicial envía un mensaje claro: la prioridad es la reparación del daño a la víctima, no la protección de los tiempos burocráticos de las instituciones públicas.
(CON INFORMACIÓN DE: ÁMBITO)




