Congreso aprueba reformas para blindar los derechos de adultos mayores en Michoacán
La 76 Legislatura incorpora conceptos clave como los ajustes razonables, cuidados paliativos y combate al maltrato institucional.
Morelia, Michoacán, 08 de julio de 2026.- El Pleno de la 76 Legislatura fortaleció el marco jurídico estatal en materia de protección de los derechos de las personas mayores, mediante la incorporación de estándares nacionales e internacionales de derechos humanos dentro de la legislación local.
La Comisión de Derechos Humanos fue la encargada de dictaminar esta reforma que modifica los artículos 16 y 23, además de adicionar diversas fracciones a la Ley de Protección Integral a las Personas Adultas Mayores del Estado de Michoacán.
A través de estos cambios, se integran formalmente a la ley los conceptos de ajustes razonables, abandono, cuidados paliativos, consentimiento libre e informado, y maltrato institucional; estableciendo como principios rectores la dignificación, la atención preferente y el enfoque de curso de vida.
¿Qué implican estos nuevos conceptos legales?
La inclusión de estas figuras jurídicas representa un avance estratégico para la defensa de la vejez en la entidad:
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Ajustes razonables: Obliga a realizar modificaciones y adaptaciones necesarias en el entorno para eliminar barreras físicas, institucionales o procedimentales, garantizando el derecho a la igualdad y la no discriminación.
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Abandono y maltrato institucional: Se amplía el concepto de violencia para reconocer que las violaciones a los derechos humanos no solo derivan de acciones directas, sino también de omisiones de las instituciones del Estado o conductas sistemáticas de descuido.
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Consentimiento informado y cuidados paliativos: Se regulan como un derecho irrenunciable para asegurar el respeto a la voluntad expresa de la persona, garantizando su autonomía personal y dignidad en el ámbito de la salud.
Nuevas áreas municipales: Como parte de la reforma, se mandata la creación de áreas específicas dentro de los Centros Multidisciplinarios para la Atención Integral de las Personas Mayores en el ámbito municipal. Estos espacios deberán garantizar de manera directa servicios de atención médica, psicológica, jurídica y social a la población.




