Política

Prohíben por ley el matrimonio infantil en Michoacán

Diputados de la 76 Legislatura reforman por unanimidad el Código Familiar para garantizar que los contrayentes sean mayores de edad

Morelia, Michoacán, 18 de marzo de 2026.- Ninguna niña, niño o adolescente podrá contraer matrimonio en Michoacán, luego de que las y los diputados integrantes de la 76 Legislatura aprobaron por unanimidad reformar diversos artículos del Código Familiar.

Estas reformas establecen medidas concretas para evitar que la niñez y adolescencia se unan en matrimonio durante su fase de desarrollo. De manera específica, el artículo 77 del Código Familiar estipula que “las personas que pretendan contraer matrimonio deberán ser mayores de edad y presentarán solicitud al Oficial del Registro Civil”.

En dicha solicitud, se deberán informar datos generales como nombres, edad, ocupación y nacionalidad, tanto de los pretendientes como de sus progenitores. Asimismo, quedó establecido que, entre la documentación obligatoria, se debe presentar el acta de nacimiento o cualquier documento que acredite fehacientemente la mayoría de edad, además de un dictamen médico.

Por su parte, el artículo 92 faculta a los Oficiales del Registro Civil para negarse a autorizar un enlace cuando los interesados no acrediten la mayoría de edad o cuando existan motivos para creer que carecen de aptitud para celebrar el matrimonio. Con esta resolución, el Poder Legislativo busca armonizar el marco jurídico estatal con los estándares internacionales de protección a los derechos de la infancia.

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