Sucesos

SCJN avala que Profeco multe a gasolineras que vendan litros incompletos

La Segunda Sala determina la constitucionalidad de las sanciones económicas por irregularidades en el despacho

Ciudad de México, 28 de mayo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo histórico a favor de los consumidores mexicanos, al determinar que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene la facultad constitucional para imponer multas a las gasolineras que despachen menos combustible del que cobran.

La Segunda Sala de la SCJN resolvió un amparo en revisión que impugnaba diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, concluyendo que las sanciones económicas aplicadas por la Profeco no invaden las competencias de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) ni de la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA).

Con esta resolución, el máximo tribunal del país ratifica que la protección de los derechos económicos de los usuarios en el mercado de hidrocarburos es una prioridad legal, permitiendo que el organismo asistencial continúe con las verificaciones y la aplicación de multas a los establecimientos que presenten irregularidades en sus bombas despachadoras.

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